Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de El Torno . (BOP-2022-6084)
BOP-2022-6084 Bases convocatoria proceso extraordinario de estabilización personal laboral, concurso-oposición.
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Heliodoro Hernández, 21 - C.P. 10617 - Tfno: 927 175066 - Fax: 175178 - C.I.F. P-1018800-A
En esta misma resolución se establecerá la composición del Tribunal Calificador
al que se refiere la Base sexta de esta convocatoria, publicándose en el «Boletín Oficial»
de la provincia de Cáceres, tablón de anuncios físico, tablón edictal de la sede
electrónica o página web del Ayuntamiento.
Una vez finalizado el plazo de subsanación, las reclamaciones, si las hubiere,
serán rechazadas o aceptadas por la Alcaldía- Presidencia, en una nueva Resolución por
la que se apruebe la lista definitiva.
La lista provisional se entenderá automáticamente elevada a definitiva si no se
produjesen alegaciones.
5.2. Una vez publicada la lista definitiva de personas admitidas y/o excluidas en el
«Boletín Oficial» de la provincia de Cáceres, el resto de anuncios y publicaciones
relativas al proceso se harán públicas tanto en el tablón de anuncios físico o en la Sede
electrónica o página web del Ayuntamiento.
5.3. Las personas excluidas en la lista definitiva podrán presentarse a la
realización de la evaluación con carácter cautelar siempre y cuando acrediten haber
presentado el oportuno recurso contra su exclusión y si para dicha fecha no se ha
resuelto el mismo.
5.4. En el supuesto de que, por circunstancias excepcionales, se hubiese de
modificar el lugar, fecha y hora de celebración de la evaluación, deberá publicarse en el
tablón de anuncios físico y tablón edictal de la sede electrónica o página web del
Ayuntamiento.
Base sexta: Tribunal calificador.
6.1. El Tribunal calificador estará constituido por la Presidente/a, tres Vocales y
un Secretario/a:
Presidencia: Un/a empleado/a público/a designado por la Alcaldía.
Vocales: Tres, un/a empleado/a público/a designado por la Junta de Extremadura
y dos empleados/as públicos/as designado por la Alcaldía de Rebollar y El Torno.
Secretaría: El titular de la Secretaría General de la Corporación o funcionario/a en
quien delegue, con voz y voto.
Todos los miembros del Tribunal serán designados por Resolución de Alcaldía
siendo su actuación colegiada y ajustada a los principios de imparcialidad y
profesionalidad, tendiéndose en lo posible, en cuanto a su composición a la paridad
entre mujer y hombre.
6.2. No podrán formar parte del Tribunal: el personal de elección o de designación
política, los funcionarios/as interinos y el personal eventual. La pertenencia al Tribunal
será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por
cuenta de nadie.
6.3. Los vocales del Tribunal deberán poseer titulación o especialización de igual
o superior nivel de titulación a la exigida para el ingreso en las plazas convocadas. Se
tenderá a la paridad entre mujer y hombre.
6.4. Junto a los titulares se nombrarán suplentes, en igual número y con los
mismos requisitos.
6.5. El Tribunal podrá contar, para todas o algunas de las pruebas, con la
colaboración de asesores técnicos, con voz y sin voto, los cuales deberán limitarse al
ejercicio de su especialidad técnica.
6.6. El Tribunal podrá actuar válidamente con la asistencia del Presidente/a, un
Vocal y el Secretario/a. Le corresponderá dilucidar las cuestiones planteadas durante el
CVE:
BOP-2022-6084
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 20 de diciembre de 2022
N.º 0241
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