Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de El Torno . (BOP-2022-6082)
BOP-2022-6082 Bases convocatoria proceso de estabilización personal laboral.
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Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que debe ajustarse el procedimiento de selección
de los funcionarios de Administración Local; Ley 39/2015, de 1 de octubre, el
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; Ley 40/2015,
de 1 de octubre del Régimen Jurídico del Sector Público.
Base tercera: Requisitos de las personas aspirantes.
Para participar en el proceso selectivo, las personas aspirantes deberán reunir,
antes de que termine el último día de presentación de solicitudes y mantenerlo hasta la
finalización del proceso selectivo correspondiente, que se verá culminado con el
llamamiento para la firma del contrato, los siguientes requisitos:
a) Tener nacionalidad española o nacional de un Estado miembro de la Unión
Europea, de conformidad con lo previsto en la Ley 17/93, de 23 de diciembre
(desarrollada por el R.D. 800/95), modificada por la Ley 55/99, de 29 de diciembre. Las
personas nacionales de los demás estados miembros de la Unión Europea deberán
acreditar en el momento de la solicitud la nacionalidad y, en el supuesto previsto en el
artículo 2.2.12.b), el vínculo de parentesco y, en su caso, el hecho de vivir a expensas o
estar a cargo de la persona nacional de un Estado miembro de la Unión Europea con la
que tenga dicho vínculo.
b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa, salvo que la normativa específica determine una diferente.
c) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para desempañar tales funciones. En el caso de ser nacional de otro Estado, no
hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción
disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso
al empleo público.
d) No padecer enfermedad física o psíquica que impida el desarrollo normal de las
tareas propias del puesto de trabajo.
e) Tener conocimiento adecuado del castellano, para las personas nacionales de
los Estados miembros de la Unión Europea o en su caso para los supuestos previstos en
el art.2.º del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo.
f) No estar incurso/a en ninguna de las causas de incapacidad o incompatibilidad
específicas establecidas en las disposiciones vigentes.
g) Estar en posesión, o en condiciones de obtener en la fecha en que termine el
plazo de presentación de solicitudes, del Título de Técnico Superior en Educación
Infantil, Técnico Especialista en Jardín de Infancia o Profesor de Educación General
Básica, especialista en preescolar o Maestro Especialista en Educación Infantil o Grado
en Magisterio en Educación Infantil.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán
acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial
de homologación a título habilitante español, o certificado de su equivalencia a la
titulación.
Base cuarta: Solicitudes.
4.1. Forma: Quienes deseen tomar parte de las pruebas selectivas cursarán la
solicitud según modelo normalizado (Anexo I), dirigida al titular de la Alcaldía-
Presidencia de este Ayuntamiento, y manifestando que reúnen todos y cada uno de los
requisitos exigidos en la Base Tercera, referidas siempre a la fecha de expiración del
CVE:
BOP-2022-6082
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 20 de diciembre de 2022
N.º 0241
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