Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casatejada. (BOP-2022-6080)
BOP-2022-6080 Aprobacion definitiva del Reglamento regulador de la modalidad de prestacion de servicios en regimen de Teletrabajo.
21 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS.
Disposición Derogatoria Única. Derogación normativa.
A partir de la entrada en vigor del presente Reglamento quedan derogadas las disposiciones,
acuerdos y resoluciones del Ayuntamiento Casatejada que se opongan, contradigan o resulten
incompatibles con el mismo.
DISPOSICIONES FINALES.
Disposición Final Única. Comunicación, publicación y entrada en vigor.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 56.1, 65.2 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, la publicación y entrada en vigor del
Reglamento se producirá de la siguiente forma:
a. La aprobación definitiva del presente Reglamento se comunicará a la Administración
del Estado y a la Administración de la Comunidad de Extremadura.
b. Transcurrido el plazo de quince días desde la recepción de la comunicación, la
aprobación definitiva y el Reglamento se publicarán en el Boletín Oficial de la provincia
de Cáceres.
c.El Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la provincia de Cáceres, permaneciendo en vigor hasta su modificación o
derogación expresa.
En caso de modificación, los artículos no modificados continuarán vigentes.”
Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de
lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en
Cáceres, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente
anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Casatejada, 13 de diciembre de 2022
Jaime Pardo Castro
ALCALDE
CVE:
BOP-2022-6080
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 20 de diciembre de 2022
N.º 0241
Pág. 27384
Disposición Derogatoria Única. Derogación normativa.
A partir de la entrada en vigor del presente Reglamento quedan derogadas las disposiciones,
acuerdos y resoluciones del Ayuntamiento Casatejada que se opongan, contradigan o resulten
incompatibles con el mismo.
DISPOSICIONES FINALES.
Disposición Final Única. Comunicación, publicación y entrada en vigor.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 56.1, 65.2 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, la publicación y entrada en vigor del
Reglamento se producirá de la siguiente forma:
a. La aprobación definitiva del presente Reglamento se comunicará a la Administración
del Estado y a la Administración de la Comunidad de Extremadura.
b. Transcurrido el plazo de quince días desde la recepción de la comunicación, la
aprobación definitiva y el Reglamento se publicarán en el Boletín Oficial de la provincia
de Cáceres.
c.El Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la provincia de Cáceres, permaneciendo en vigor hasta su modificación o
derogación expresa.
En caso de modificación, los artículos no modificados continuarán vigentes.”
Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de
lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en
Cáceres, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente
anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Casatejada, 13 de diciembre de 2022
Jaime Pardo Castro
ALCALDE
CVE:
BOP-2022-6080
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 20 de diciembre de 2022
N.º 0241
Pág. 27384