Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2022-6058)
BOP-2022-6058 Convocatoria para la cobertura en propiedad de una plaza de Monitor/a de Taller Ocupacional, Personal Laboral, mediante el sistema de concurso de méritos por el turno libre. Proceso extraordinario de estabilización del empleo temporal.
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parentesco y una declaración jurada o promesa del español o nacional de la Unión Europea, con el
que existe este vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho
de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
Si los/las aspirantes propuestos/as tuvieran la condición de empleados/as públicos/as estarán
exentos/as de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior
nombramiento/contratación, debiendo presentar únicamente certificación del Organismo de la
Administración Pública de quien dependa, acreditando su condición y demás circunstancias que
consten en su expediente personal.
Si dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor algún/a de los/las aspirantes
propuestos/as no presentase la documentación o del examen de la misma se dedujese que carece de
los requisitos exigidos, no podrá ser contratado/a, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su instancia
solicitando tomar parte en el proceso selectivo. En este caso el Ilmo. Sr. Alcalde efectuará la
contratación como personal laboral fijo a favor de quien habiendo alcanzado la puntuación mínima
exigida el proceso selectivo, siga en el orden de clasificación definitiva, una vez acreditado el
cumplimiento de los requisitos exigidos.
La adjudicación de los puestos entre los aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará
según la petición de destino de acuerdo con la puntuación total obtenida, excepto lo previsto en el
artículo 11 del Decreto 111/2017, de 18 de julio, por el que se regula el acceso delas personas
con discapacidad al empleo público de las Comunidad Autónoma de Extremadura y medidas
favorecedoras de la integración de los empleados públicos con discapacidad.
Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino y que impliquen la participación
directa o indirecta en el ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguardia de los intereses
generales del Estado y de las Administraciones Públicas, quedarán reservados a los aspirantes de
nacionalidad española, de conformidad con el artículo 57.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado
Público.
Concluido el proceso selectivo y acreditados documentalmente los requisitos, se dictará Resolución
de Alcaldía disponiendo la contratación como personal laboral fijo de los/las aspirantes
propuestos/as, que será publicada en los diarios o boletines preceptivos.
Este proceso de estabilización de empleo temporal, a tenor de lo establecido en la Ley 20/2021 de
28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad enel empleo público,
convocado mediante el procedimiento de concurso por el Excmo. Ayuntamiento de Cáceres y sus
Organismos Autónomos, no genera bolsa de trabajo temporal.
CVE:
BOP-2022-6058
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 20 de diciembre de 2022
N.º 0241
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