Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2022-6050)
BOP-2022-6050 Convocatoria para la cobertura en propiedad de 2 plazas de Técnico/a de Administración General, Personal Funcionario, concurso por el turno libre. Proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal.
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Aquellas personas que dentro del plazo señalado no subsanen el defecto que motivó la
exclusión o no presenten reclamación justificando su derecho a ser incluidas en la relación
de admitidos/as, serán definitivamente excluidas de la realización de las pruebas.
Una vez finalizado el plazo de subsanación de errores y reclamaciones se publicará en el
Boletín Oficial de la Provincia, en el tablón de anuncios de la sede electrónica del
Ayuntamiento de Cáceres, así como dentro del apartado Ofertas de Empleo
https://sede.caceres.es resolución elevando a definitiva la lista provisional de aspirantes,
incluyendo en su caso a los/as excluidos/as que hayan subsanado errores u omisiones.
QUINTA. TRIBUNAL DE SELECCIÓN.
El Tribunal calificador encargado de la selección tendrá la categoría establecida en el
artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, y estará constituido en la forma que
se determina en los artículos 4 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, 60 del Real
Decreto Legislativo 5/2015,de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y 97 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de la
Función Pública de Extremadura, quedando formados por los titulares que a continuación se
indican y sus correspondientes suplentes:
Presidente/a:
Un/a empleado/a público/a, designado/a por la Alcaldía-Presidencia.
Vocales:
Un/a empleado/a público/a, designado por el Órgano que ostente las competencias en
materia de Administración Local de la Junta de Extremadura.
Tres empleados/as públicos/as, designados/as por la Alcaldía-Presidencia.
Secretario/a:
Un/a empleado/a público/a, designado/a por la Alcaldía-Presidencia que tendrá voz y
sin voto.
El Tribunal quedará integrado, además, por el personal suplente respectivo, que
simultáneamente con los/as titulares habrán de designarse.
El Tribunal de selección será designado por Resolución de Alcaldía en la que se
concretarán las personas integrantes del mismo.
En ningún caso pueden formar parte de los órganos de selección: El personal que
desempeñe cargos de elección o de designación política o los haya desempeñado en los
últimos dos años, el personal funcionario interino o laboral temporal, el personal eventual, el
personal directivo profesional y las personas que, en los cinco años anteriores a la publicación
CVE:
BOP-2022-6050
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 20 de diciembre de 2022
N.º 0241
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