Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-6038)
BOP-2022-6038 Bases reguladoras y convocatoria de subvenciones para el desarrollo de Proyectos de Igualdad entre hombres y mujeres y Proyectos de Acción Social.
33 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
entidades beneficiarias de la subvención estarán obligadas a difundir que la actividad y/o el proyecto
han sido subvencionados por la Diputación de Cáceres. Para ello deberán hacer constar la
colaboración mediante la disposición del texto “en colaboración con la Diputación Provincial de
Cáceres y el logotipo de la Excma. Diputación, en todo el material documental (gráfico, digital
o audiovisual) a que dé lugar el proyecto o actividad subvencionada o, en su caso, deberán publicar
en su página Web (o tablón de anuncios, en su defecto) nota informativa con el proyecto
subvencionado.
En el caso de que la entidad beneficiaria no dé lugar, con la realización de las actividades, a material
documental en el que pudiera aparecer la mencionada publicidad y, tampoco disponga de página web
al efecto, deberá dar difusión a la subvención recibida en el medio de comunicación que la entidad
elija, dentro del periodo de ejecución de la actividad y/o el proyecto subvencionado.
B) Comunicar cualquier modificación del proyecto. Se considerarán modificaciones aquellos cambios
que alteren el desarrollo del mismo en relación con lo planificado en el documento de formulación
(tanto a nivel técnico como económico).
Modificaciones sustanciales. Son aquellas que afectan a la ejecución del proyecto en todos o alguno
de los siguientes aspectos:
• Los objetivos formulados en el proyecto aprobado.
• Las actividades formuladas en el proyecto aprobado.
• El presupuesto aprobado cuando la suma total de los cambios sea igual o superior al 15% del
importe concedido.
Si a lo largo de la ejecución del proyecto, se prevé que alguna o varias de éstas situaciones se
pueden llegar a dar, la entidad beneficiaria estará obligada a solicitar a la Diputación de Cáceres una
autorización para realizar dichos cambios.
Se solicitará a través de la sede electrónica mediante modelo normalizado. Además, se adjuntará un
documento donde se detallen los motivos de dichos cambios, especificando qué actividades cambian
con respecto al proyecto original y en qué forma, así como los cambios en el presupuesto,
adjuntando una tabla comparativa de las partidas originales con las nuevas.
Sólo se admitirá una ÚNICA solicitud de modificación sustancial por proyecto, aunque afecte a varios
aspectos del mismo. No serán tramitadas ni autorizadas por la Diputación Provincial de Cáceres
solicitudes de modificaciones sustanciales presentadas después del 31 de octubre de 2023.
Cualquier incidencia distinta a las recogidas en el apartado de Cambio de Actividad con
modificaciones sustanciales que altere o dificulte el desarrollo del proyecto subvencionado se
considerará modificación no sustancial. Las comunicaciones de modificaciones no sustanciales se
presentarán adecuadamente motivadas, anexas a la memoria en el periodo de justificación, sin ser
necesario solicitar autorización previa.
PRESIDENCIA
SERVICIO DE IGUALDAD, POLÍTICA SOCIAL Y
COOPERACIÓN INTERNACIONAL
CVE:
BOP-2022-6038
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 20 de diciembre de 2022
N.º 0241
Pág. 26554