Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-6038)
BOP-2022-6038 Bases reguladoras y convocatoria de subvenciones para el desarrollo de Proyectos de Igualdad entre hombres y mujeres y Proyectos de Acción Social.
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INSTRUCCIÓN
La instrucción del procedimiento corresponderá al Órgano Gestor, el Servicio de Igualdad, Política Social y
Cooperación Internacional, con las atribuciones que le confiere el artículo 16 de la Ordenanza General de
Subvenciones de la Diputación Provincial de Cáceres y el artículo 24 de la LGS.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, éstas serán examinadas por el Órgano Gestor. Ante
errores subsanables en la solicitud, se requerirá a las entidades interesadas para que procedan a
corregirlos, concediéndole un plazo de 10 días hábiles. En caso de no resolver adecuadamente la
subsanación, se le tendrá por desistido del expediente, de conformidad con lo dispuesto en la legislación
vigente. Para la presentación de la subsanación, se utilizará el formulario de la sede electrónica.
El Órgano instructor elaborará un informe previo de evaluación de las solicitudes, donde deberán constar las
entidades que han subsanado y los motivos de subsanación, y la acreditación de que cumplen todos los
requisitos para poder acceder a las ayudas solicitadas.
COMISIÓN DE VALORACIÓN
Se creará una Comisión de Valoración para cada una de las líneas de financiación, que llevará a cabo la
selección de las solicitudes de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en la BASE SÉPTIMA y
dentro del crédito presupuestario disponible para cada línea.
La Comisión tendrá carácter de órgano colegiado, a los efectos de lo establecido en la Ley de Procedimiento
Administrativo Común y la Ley General de Subvenciones.
Su composición será la siguiente:
- Presidencia: El Presidente de la Excma Diputación Provincial de Cáceres o Diputado/a en quien delegue.
- Vocales: Un/Una Diputado/a por cada Grupo Político constituido en la Corporación, el/la Director/a o Jefe/a
de Área gestor del crédito al que se impute la subvención o competente por razón de la materia, la Jefa del
Servicio o Unidad responsable de la gestión del expediente y un/una empleado/a público/a de dicho Servicio o
Unidad, técnico/a especializado en la materia.
- Un/una Secretario/a: sin voto, que en todo caso deberá ser empleado/a público/a de la Diputación.
La composición de dicha Comisión será la misma para ambas líneas de financiación.
El Órgano Gestor a la vista del expediente y del Acta emitida por la Comisión de Valoración, formulará
propuesta de resolución provisional debidamente motivada, que deberá notificarse a los/as solicitantes
mediante la sede electrónica, y se concederá un plazo de diez días hábiles para presentar alegaciones en su
caso.
Se podrá prescindir de este trámite cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta otros
hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por los interesados. En este caso la propuesta de
PRESIDENCIA
SERVICIO DE IGUALDAD, POLÍTICA SOCIAL Y
COOPERACIÓN INTERNACIONAL
CVE:
BOP-2022-6038
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 20 de diciembre de 2022
N.º 0241
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