Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-6010)
BOP-2022-6010 Normas Reguladoras de la convocatoria de ayudas "Diputación Integra VI 2023", para la creación de empleo para personas con discapacidad.
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JUSTIFICACIÓN.
La Entidad Local, como beneficiaría de esta subvención, asume el compromiso de justificar
ante el órgano gestor, esto es, el Servicio de Igualdad, Política Social y Cooperación
Internacional la cantidad subvencionada, unidad administrativa que realizará las
comprobaciones materiales y formales necesarias.
A los efectos de justificación, la entidad local deberá presentar la documentación requerida en
la Sede Electrónica, firmada electrónicamente por la Alcaldía y la Secretaría-Intervención. Esta
documentación consta de cuatro elementos:
1. El documento “CUENTA JUSTIFICATIVA SUBVENCIONES ENTIDADES LOCALES”
(Modelo 121B).
2. El certificado de haber cumplido con el compromiso de dar publicidad de la
subvención en los términos en que se indica en la en la base OCTAVA, punto 1.
3. El cuestionario de satisfacción con la entidad asociada para la asistencia técnica.
4. El documento “JUSTIFICACIÓN DE SUBVENCIONES” (Formulario “Justificación
SOBSUB_RESUMEN”, a rellenar en el momento de la justificación en la propia Sede
Electrónica), que incluye el "Certificado de Justificación"de la Secretaría-Intervención del
Ayuntamiento.
Todo ello de acuerdo con lo establecido en el artículo 72.3 del Real-Decreto 887/2008, de 21
de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, teniendo en cuenta la naturaleza de la presente subvención y cuyo contenido
se cumplimentará siguiendo las indicaciones del formulario establecido en la Sede Electrónica
a tal efecto.
La Entidad Local incluirá en las estadísticas, encuestas y recogidas de datos que pudiera llevar
a cabo, la variable sexo, especificando número de hombres y mujeres, en virtud de lo dispuesto
en el artículo 20 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de
mujeres y hombres, y aportará tales datos a la Diputación a fin de seguir los criterios generales
de su artículo 14, el primero de los cuales es el compromiso con la efectividad del derecho
constitucional de igualdad entre mujeres y hombres.
PLAZO DE EJECUCIÓN.
El plazo de ejecución para la realización del objeto de la subvención será desde el 1 de enero
CVE:
BOP-2022-6010
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 19 de diciembre de 2022
N.º 0240
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