Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Peraleda de San Román. (BOP-2022-6007)
BOP-2022-6007 Proceso de estabilización de empleo temporal.
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Ayuntamiento de Peraleda de San Román
Los servicios prestados en el Ayuntamiento de Peraleda de San Román se certificarán de oficio
por el órgano administrativo correspondiente que lo remitirá al Tribunal de Selección.
Los méritos de experiencia se acreditarán para los servicios prestados en otras
Administraciones Públicas mediante certificación expedida por el responsable de la unidad
administrativa en la que hubiera prestados sus servicios.
En los certificados deberá constar la siguiente información:
- Grupo, Subgrupo , Escala, Categoría Profesional y Especialidad.
- Porcentaje de jornada y períodos de tiempo trabajados hasta la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes
- Puesto y funciones realizadas.
-Tipo de vínculo (interino, labora temporal, indefinido no fijo de plantilla, formación).
- Régimen jurídico de vinculación (laboral, funcionario, estatutario).
- Fecha de inicio y de fin de cada una de las vinculaciones.
- Total de días de vinculación y régimen de jornada (completa, tiempo parcial).
Se acompañará un informe de la vida laboral oral del interesado/a junto con el contrato laboral
correspondiente, en su caso.
El cómputo de los servicios prestados se efectuará por meses. Para eso, se calculará en cada
apartado del baremo el número total de días y se dividirá entre 30, de tal manera que lo que se
valorará en cada punto será el cociente entero, despreciándose los decimales.
Los servicios prestados durante el período en el que se disfrute de una reducción de jornada por
alguna de las causas legalmente previstas, serán valorados como servicios prestados en régimen de
jornada completa.
Los servicios prestados por el personal específicamente nombrado a tiempo parcial serán valorados
con la consiguiente reducción.
Los períodos de permiso sin sueldo, así como, la permanencia en situación de servicios especiales
se valorarán como tiempo de servicios efectivamente prestados en la categoría a los efectos de este
baremo.
7.3.- MÉRITOS ACADÉMICOS: Hasta un 40% de la puntuación (Máximo 8 puntos).
Por los CURSOS DE FORMACIÓN recibidos, relacionados con el puesto de trabajo: Hasta un
máximo de 8 puntos.
- Por cada 10 horas de formación se asignarán 0,5 puntos.
A tales efectos sólo se puntuarán aquellos cursos que se acrediten mediante la presentación del
correspondiente certificado o diploma en el que conste la duración de horas o créditos.
A falta de otra determinación, se computará un crédito por cada diez horas de curso.
En el caso de cursos obtenidos en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial
que acredite su homologación.
Se computarán únicamente los cursos directamente vinculados con la Categoría y Especialidad
del puesto de trabajo y siempre que hayan sido impartidos por entidades públicas, sindicatos o
entidades privadas, pero en este último caso deberán estar reconocidos por una administración
pública.
CVE:
BOP-2022-6007
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de diciembre de 2022
N.º 0239
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