Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-5981)
BOP-2022-5981 Convocatoria para la provisión de tres plazas de Técnico de Dinamización y Gestión de Proyectos. Proceso especial de estabilización de empleo temporal.
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AREA DE PERSONAL, FORMACION Y SEPEI
A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la sede del Tribunal queda establecida en el
Área de Personal, Formación y SEPEI, en las dependencias administrativas del Servicio de Personal e
Inspección de servicios, en el Negociado de Selección y Provisión, ubicado en la segunda planta del
Palacio Provincial, en la Plaza de Santa María s/n, de Cáceres.
SEXTA. Actuación de los/as aspirantes.
6.1. La actuación de los aspirantes en el ejercicio, si no puede realizarse conjuntamente, se iniciará
por orden alfabético de apellidos a partir de la letra “T”, de conformidad con el sorteo efectuado
previamente (BOP de 9-2-2022) y figurará en el anuncio por el que se haga pública la resolución
aprobatoria de la lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as y la fecha, hora y lugar de comienzo
de los ejercicios. Dicha publicación se efectuará, con una antelación de al menos cinco días hábiles
de dicho comienzo en el BOP y Tablón de Anuncios Electrónico.
Supletoriamente, se utilizará el más reciente orden alfabético determinado para la actuación de
aspirantes en procesos selectivos convocados por la Administración General de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Para los aspirantes con discapacidad que lo soliciten, previa constancia en la solicitud de su
condición con expresión del grado y tipo de minusvalía, se establecerán las adaptaciones de tiempo y
medios necesarias para la realización de los ejercicios debiendo adjuntar el Dictamen Técnico
Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de minusvalía competente,
acreditando de forma fehaciente, la/s deficiencia/s permanente/s que ha/n dado origen al grado de
minusvalía reconocido.
Respecto de la adaptación de tiempos y medios, corresponderá al Tribunal Calificador resolver
la procedencia y concreción, de la adaptación de tiempos y medios en función de las circunstancias
específicas de cada ejercicio, según se establece por el Decreto 111/2017, de 18 de julio, por el que se
regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público de la Comunidad Autónoma de
Extremadura y medidas favorecedoras de la integración de los empleados públicos con discapacidad y
la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio.
No obstante el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los órganos
técnicos competentes en materia de discapacidad de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura. Además podrán solicitar del interesado información adicional respecto de la adaptación
solicitada.
6.2. Los aspirantes serán convocados para el ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos/as de la
convocatoria quienes no comparezcan, salvo caso de fuerza mayor, debidamente alegado y justificado
con anterioridad a la celebración del ejercicio, y apreciado libremente por el Tribunal que, en cualquier
momento podrá requerir a los/as aspirantes para que acrediten su personalidad.
CVE:
BOP-2022-5981
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de diciembre de 2022
N.º 0239
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