Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-5974)
BOP-2022-5974 Convocatoria para la provisión de una plaza de Técnico/a de Grado Medio. Proceso especial de estabilización de empleo temporal.
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AREA DE PERSONAL, FORMACION Y SEPEI
a) Tener nacionalidad española, o la de cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea, o
nacionalidad de algún Estado en el que en virtud de los Tratados internacionales celebrados por la
Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores/as.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el/la cónyuge de los/las
españoles/as y de los/as nacionales de otros Estados Miembros de la Unión Europea, siempre que no
estén separados/as de derecho, y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén
separados/as de derecho, sean menores de 21 años o mayores de dicha edad dependientes. En este
supuesto, los aspirantes deberán acompañar a su solicitud, el documento que acredite las condiciones
que se alegan.
b) Tener cumplidos los 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión del título de Diplomado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico o equivalente, o el
haber superado los tres primeros cursos completos de los estudios conducentes a la obtención de
cualquier título oficial de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero, o el primer ciclo correspondiente a dichos
estudios, siempre que este primer ciclo contenga una carga lectiva mínima de 180 créditos, conforme a
lo dispuesto en la Disposición Adicional Primera del Real decreto 1272/2003, de 10 de octubre, o de
los estudios de Grado correspondientes, verificados por el Consejo de Universidades a través del
cauce procedimental previsto en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece
la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, teniendo presente lo previsto en la normativa
vigente.
Los aspirantes con titulaciones universitarias obtenidas en el extranjero deberán acreditar que
están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente
certificado de equivalencia, conforme al Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, por el que se
establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y declaración de equivalencia a
titulación y a nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros de
educación superior, y el procedimiento para determinar la correspondencia a los niveles del marco
español de cualificaciones para la educación superior de los títulos oficiales de Arquitecto, Ingeniero,
Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico y Diplomado.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades
autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por
resolución judicial firme, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones
similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o
inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación
equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en
los mismos términos el acceso al empleo público.
CVE:
BOP-2022-5974
Verificable
en:
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Viernes, 16 de diciembre de 2022
N.º 0239
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