Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-5970)
BOP-2022-5970 Convocatoria para la provisión de una plaza de Profesor/a de Bellas Artes (especialidad Grabado). Proceso especial de estabilización de empleo temporal.
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AREA DE PERSONAL, FORMACION Y SEPEI
acreditando de forma fehaciente, la/s deficiencia/s permanente/s que ha/n dado origen al grado de
minusvalía reconocido.
Respecto de la adaptación de tiempos y medios, corresponderá al Tribunal Calificador resolver
la procedencia y concreción, de la adaptación de tiempos y medios en función de las circunstancias
específicas de cada ejercicio, según se establece por el Decreto 111/2017, de 18 de julio, por el que se
regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público de la Comunidad Autónoma de
Extremadura y medidas favorecedoras de la integración de los empleados públicos con discapacidad y
la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio.
No obstante el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los órganos
técnicos competentes en materia de discapacidad de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura. Además podrán solicitar del interesado información adicional respecto de la adaptación
solicitada.
6.2. Los aspirantes serán convocados para el ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos/as de la
convocatoria quienes no comparezcan, salvo caso de fuerza mayor, debidamente alegado y justificado
con anterioridad a la celebración del ejercicio, y apreciado libremente por el Tribunal que, en cualquier
momento podrá requerir a los/as aspirantes para que acrediten su personalidad.
6.3. Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de
riesgo o parto debidamente acreditados, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo
y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de
manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso
ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal, y en todo caso la realización
de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el
proceso selectivo.
SÉPTIMA. Sistemas de Selección.
7.1. El proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en los artículos 61 del texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público y 94 y siguientes de la Ley de la Función Pública de
Extremadura, en conexión con la Ley 20/21, y se realizarán a través del sistema de concurso-
oposición, por ser plazas que han estado ocupadas de forma ininterrumpida en un período de tres
años anteriores al 31 de diciembre de 2020, conforme establece el art. 2 de la Ley 20/2021, de 28 de
diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
El procedimiento de selección de los/as aspirantes constará de dos fases:
Oposición: 15 puntos. (60% de la puntuación total)
Concurso: 10 puntos. (40% de la puntuación total)
7.2 Fase de Oposición:
CVE:
BOP-2022-5970
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de diciembre de 2022
N.º 0239
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