Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral Sierra de San Pedro. (BOP-2022-5965)
BOP-2022-5965 Reglamento de Régimen Interno Escuela Profesional Dual "Massalbañilería".
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el modelo normalizado “solicitud de permiso”. La Dirección valorará la solicitud y autorizará o
no la propuesta en consonancia con los/as monitores/as, dando traslado de su decisión al/a
interesado/a. La Dirección de la EPD “MASSALBAÑILERIA” podrá denegar su concesión
cuando se acumule para una misma jornada más de dos peticiones por alumno/a-trabajador/a
o personal técnico cuando por necesidad de organización de trabajo se requiera.
Nota: Las jornadas no asistidas tanto por motivos justificados como sin justificar suponen una
reducción del cómputo total de horas formativas.
TÍTULO 4. REGLAS DE FUNCIONAMIENTO.
Artículo 7. El proyecto no se hará responsable de la pérdida de cualquier objeto de valor o
dinero que no sea depositado en las dependencias de los centros de trabajo, contra recibo del
mismo.
En caso de pérdida de cualquier objeto, deberá comunicarse a la Dirección del proyecto y/o
al/a Monitor/a.
Cualquier objeto que se encuentre habrá de ser entregado inmediatamente a la Dirección del
proyecto.
Artículo 8. Existirá un botiquín debidamente dotado y tutelado por las personas responsables
en cada Centro de Trabajo.
Artículo 9. El horario será el establecido por la Entidad Promotora, debiendo ser cumplidos por
todos/as los/as integrantes del proyecto. La jornada laboral se establece en 37,5 horas
semanales que se distribuirán de lunes a viernes.
Se considera jornada laboral tanto las horas dedicada a la formación teórica práctica como las
dedicadas a trabajos reales.
A la hora que mejor se adapte a las necesidades y eficacia del módulo se establecerá un
descanso de treinta minutos.
Durante la jornada laboral no estará permitida la realización de tareas ajenas al programa.
Artículo 10. Se realizará limpieza general y permanente en los Centros de Trabajo existentes y
de sus dependencias, especialmente de las de uso más intenso.
Artículo 11. Se prestará especialmente atención a la conservación y reparación del mobiliario,
instalaciones y maquinaria a fin de evitar su deterioro.
CVE:
BOP-2022-5965
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 15 de diciembre de 2022
N.º 0238
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