Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Talaván. (BOP-2022-5954)
BOP-2022-5954 Convocatoria de plaza de Encargado/a, proceso de estabilización empleo temporal.
8 páginas totales
Página
Ayuntamiento de Talaván
Plaza de los Herradores, 1, Talaván. 10193 (Cáceres). Tfno. 927285002. Fax:
Ello, no obstante, el órgano de selección se reserva el derecho de poder exigir al aspirante cualquier
documentación complementaria.
La valoración se realizará de acuerdo con el siguiente baremo:
- Las actividades formativas realizadas, se valoraran con 0,10 puntos hora formativa.
Cuando la acreditación de los cursos o diplomas figuren en créditos, se realizará la equivalencia de un crédito
igual a 10 horas.
Tampoco se valorarán los derivados de procesos selectivos o preparatorios de procesos de promoción interna
independiente y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, congresos, simposios, talleres y similares, ni la
formación especializada que resulte imprescindible para la obtención de una titulación académica determinada o
para el ejercicio de una profesión.
En ningún caso serán objeto de valoración como mérito aquéllos utilizados para cumplir alguno de los requisitos
de acceso a la categoría objeto de la convocatoria.
A estos efectos se valorarán por igual los cursos de formación de asistencia y de aprovechamiento recibidos.
b.2) Superación de ejercicios en anteriores procesos selectivos.
Se valorarán con 15 puntos los ejercicios superados en anteriores convocatorias, ya sean ordinarias o
extraordinarias, para acceso por turno libre a la categoría convocada, hasta un máximo de 15 puntos.
A estos efectos, se equipararán a ejercicios superados en la actual categoría, los superados en las categorías
profesionales de origen, cuando se hubiese producido un cambio de denominación de estas.
b.3) Por Titulación: Máximo 5 puntos.
Por estar en posesión de titulación de nivel superior a la mínima exigida para el ingreso en cada uno de los
Grupos o de otra titulación de igual nivel a la exigida, 5 puntos.
No se valorarán los títulos académicos imprescindibles para la obtención de otros de nivel superior.
A efectos de equivalencia de titulación, sólo se admitirán las establecidas por el Ministerio que tenga las
competencias correspondientes.
Se valorarán aquellas titulaciones que hayan sido aprobadas mediante acuerdo de Consejo de Ministros
publicada en el Boletín Oficial del Estado e inscrita en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT).
Se acreditarán mediante su certificado de correspondencia. O bien en el Sistema Nacional de Cualificaciones y
de Formación Profesional (SNCFP), o en el Registro de Títulos no Universitarios del Ministerio que ostente las
competencias en educación, según corresponda a las plazas convocadas
SÉPTIMA. Calificación final del proceso selectivo.
La calificación final del proceso selectivo será la resultante de la suma final de la calificación otorgada por el
órgano de selección a los/las aspirantes que se les haya solicitado la documentación acreditativa de los méritos
alegados, sin que en ningún caso pueda ser superior a 100 puntos.
En el supuesto de empate entre dos o más aspirantes, este se deshará conforme al siguiente orden:
CVE:
BOP-2022-5954
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 15 de diciembre de 2022
N.º 0238
Pág. 25705