Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Granja. (BOP-2022-5951)
BOP-2022-5951 Proceso extraordinario de estabilización plaza de Peón de Servicios Múltiples.
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Base segunda. Legislación aplicable.
2.1. La plaza citada corresponde al proceso extraordinario de estabilización y consolidación de
empleo temporal, que establece la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para
la reducción de la temporalidad en el empleo público, de acuerdo con lo establecido en su
artículo 2, en correlación con la disposición adicional sexta que establece que “Las
Administraciones Públicas convocarán, con carácter excepcional y de acuerdo con lo previsto
en el artículo 61.6 y 7 del TREBEP, por el sistema de concurso, aquellas plazas que, reuniendo
los requisitos establecidos en el artículo 2.1, hubieran estado ocupadas con carácter temporal
de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016.”
2.2. La convocatoria se regirá por lo previsto en las presentes Bases y en sus Anexos y por lo
dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; Real
Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las
disposiciones vigentes en materia de Régimen Local; Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del/a
Empleado/a Público/a; Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función
Pública; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General
de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de
Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los/as Funcionarios/as Civiles de las
Administración General del Estado; Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que debe
ajustarse el procedimiento de selección de los/as funcionarios/as de Administración Local; Ley
39/2015, de 1 de octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas; Ley 40/2015, de 1 de octubre del Régimen Jurídico del Sector Público.
Base tercera. Requisitos de las personas aspirantes.
Para participar en el proceso selectivo, las personas aspirantes deberán reunir, antes de que
termine el último día de presentación de solicitudes y mantenerlo hasta la finalización del
proceso selectivo correspondiente, que se verá culminado con el llamamiento para la firma del
contrato, los siguientes requisitos:
a) Tener nacionalidad española o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea,
de conformidad con lo previsto en la Ley 17/93, de 23 de diciembre (desarrollada por el
R.D. 800/95), modificada por la Ley 55/99, de 29 de diciembre. Las personas nacionales
de los demás estados miembros de la Unión Europea deberán acreditar en el momento
de la solicitud la nacionalidad y, en el supuesto previsto en el artículo 2.2.12.b), el
vínculo de parentesco y, en su caso, el hecho de vivir a expensas o estar a cargo de la
persona nacional de un Estado miembro de la Unión Europea con la que tenga dicho
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Jueves, 15 de diciembre de 2022
N.º 0238
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