Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Granja. (BOP-2022-5951)
BOP-2022-5951 Proceso extraordinario de estabilización plaza de Peón de Servicios Múltiples.
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mismas, cuando se produzcan renuncias de los/as aspirantes seleccionados/as, antes de su
nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante podrá requerir al órgano de selección
relación complementaria de los/as aspirantes que sigan a los propuestos, para su posible
nombramiento como funcionario/a o personal laboral fijo.
Base décima. Presentación de documentos.
10.1. La persona aspirante aprobada y propuesta para contratación dispondrá de un plazo de
10 días hábiles desde que se haga pública la relación definitiva de aprobados/as para
presentar en el Registro de Entrada del Ayuntamiento los documentos originales para su cotejo
que acrediten los requisitos y condiciones de capacidad establecidos en la Base tercera.
10.2. Si dentro del plazo indicado la persona aspirante no presentara la documentación o no
reuniera los requisitos exigidos, no podrá ser contratado en la categoría y servicio a la que
opta, y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de las responsabilidades en que
hubieran podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.
Base undécima. Propuesta final y contratación.
Una vez elaborada la lista definitiva se elevará al/a Alcalde/sa-Presidente/a la propuesta final
para la contratación, como funcionario/a con la categoría de peón de servicios múltiples, de
aquella persona aspirante que haya obtenido plaza. El número de personas aspirantes
propuestas no podrá ser superior al número de plazas convocadas.
La persona aspirante aprobada y propuesta, en el caso de ser la que estabilice, lo hará en las
mismas condiciones y circunstancias.
La contratación se hará efectiva en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la
notificación del Decreto de la Alcaldía, en virtud de las condiciones publicadas en la relación de
puesto de trabajo vigente en el momento de la contratación.
Base décimo segunda. Obligaciones de las personas contratadas.
La persona aspirante que hubiera sido contratada dentro del plazo establecido, se incorporará
como empleada/o público/a del Excmo. Ayuntamiento de La Granja a todos los efectos, en la
categoría y servicio a la que han optado, debiendo desempeñar con diligencia las tareas que le
sean asignadas y velar por los intereses generales con sujeción y observancia de la
Constitución y el resto del ordenamiento jurídico, y deberán actuar conforme a los principios
que inspiran el Código de Conducta de los/as Empleados/as Públicos/as especificado en el
Capítulo VI del Título III del Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre por el que se
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BOP-2022-5951
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Jueves, 15 de diciembre de 2022
N.º 0238
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