Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Granja. (BOP-2022-5951)
BOP-2022-5951 Proceso extraordinario de estabilización plaza de Peón de Servicios Múltiples.
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número de horas, se valorarán con 1 punto.
- Actividades formativas realizadas de 5 a 19 horas se valorarán con 2,5 puntos.
- Actividades formativas realizadas de 20 o más horas se valorarán con 5 puntos.
Los/as aspirantes dispondrán de un plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente al
de la publicación de la calificación de la fase de concurso para hacer alegaciones.
En caso de empate en la puntuación final, a todos los efectos, el orden se establecerá
atendiendo a la puntuación obtenida en el apartado A) Experiencia profesional, Sub-apartado
A.1) y así sucesivamente, por el mismo orden en que aparece regulado en esta convocatoria,
atendiendo a la puntuación obtenida sin aplicar el número de puntos máximo del apartado. De
persistir el empate, se resolverá atendiendo a la persona que acredite más tiempo total de
servicios prestados.
Base octava. Calificación final.
La calificación final será la suma de las puntuaciones obtenidas en la Fase de concurso,
levantando el Tribunal calificador el Acta correspondiente.
En los supuestos de empate en la calificación final, se resolverá atendiendo a lo establecido en
la en la Base anterior.
Base novena. Relación de personas aspirantes aprobadas.
9.1 Terminado el concurso el Tribunal Calificador hará pública, en la web del Ayuntamiento y
en el tablón de anuncios físico, tablón edictal o página web del Ayuntamiento la relación de
personal aprobado por orden de puntuación.
9.2. Contra la propuesta del Tribunal Calificador que culmine el proceso selectivo, las personas
interesadas podrán interponer recurso de alzada ante el/a Alcalde/sa del Ayuntamiento, en el
plazo de un mes desde la exposición del anuncio con la propuesta del Tribunal en el tablón de
edictos del Ayuntamiento, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 121 y 122 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, sin perjuicio de ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.
9.3. En ningún caso el Tribunal podrá proponer el acceso a la condición de funcionario/a o
personal laboral fijo de un número superior de aprobados/as al de plazas convocadas.
No obstante, siempre que los órganos de selección hayan propuesto el nombramiento de igual
número de aspirantes que el de plazas convocadas y con el fin de asegurar la cobertura de las
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BOP-2022-5951
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Jueves, 15 de diciembre de 2022
N.º 0238
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