Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ceclavín. (BOP-2022-5946)
BOP-2022-5946 Aprobación definitiva de la modificación del Reglamento de Régimen Interno del Centro Residencial Mixto de Mayores y del Centro de Día.
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F) VISITAS.
Artículo 35. Las visitas se ajustarán a las siguientes normas:
Los/as residentes podrán recibir a sus visitas en los salones destinados a tal efecto, en
el caso de personas autónomas. Para los/as residentes con algún tipo de dependencia
las visitas se ajustarán a su situación y se podrán realizar en la habitación del7a
residente y/o se adaptarán a las circunstancias que favorezcan tanto al/a residente
como a sus familiares, con la atención precisa por parte del personal del Centro.
Una vez que se comunique la visita, ésta esperará en el habitáculo destinado a tal
efecto hasta la llegada del/a residente, quien le acompañará durante el tiempo que dure
la misma y dentro del horario establecido, salvo circunstancias especiales.
Procurará respetar las instalaciones del Centro, teniendo especial cuidado si vienen
acompañados/as de menores, haciéndose responsables los/as familiares de los
posibles desperfectos que se pudieran ocasionar.
No podrán acceder a las habitaciones, salvo que tuvieran autorización expresa para ello
y en todo caso permanecerán en las mismas el tiempo estrictamente necesario.
Los Órganos de Gestión del Centro, podrán establecer un tope máximo de visitas por
día, así como el horario para éstas con el fin de no alterar la normal y tranquila
convivencia de los/las residentes.
Será requisito indispensable para invitar a comer a algún/a familiar o amigo/a,
comunicarlo con doce horas, al menos, de antelación y previa aceptación del precio. El
pago de las invitaciones se hará en el momento de encargar las comidas, no
procediendo su devolución en caso de no personarse los/as invitados/as.
G) HORARIOS.
Artículo 36. Dado el carácter del servicio permanente que efectúa el Centro Residencial Mixto
de Mayores y Centro de Día del Ayuntamiento de Ceclavín, su horario de funcionamiento es de
24 horas, las puertas del centro permanecerán cerradas de 23 a 8 horas de la mañana en
invierno y de 24 horas a 8 horas durante el verano. Si por cualquier causa el/a residente
debiera regresar más tarde o salir más temprano, deberá comunicarlo al centro.
Todos/as los/as residentes tendrán derecho a recibir visitas dentro del horario establecido que
será por las mañanas de 12 a 13 horas y por las tardes de 17 a 19 horas, así como llamadas
telefónicas siempre que no interfieran el buen funcionamiento del centro, en tal sentido la
dirección podrá fijar unos horarios de visitas y recepción de llamadas telefónicas, que serán lo
más amplios posible. Se recibirá en las zonas comunes y en las habitaciones dependiendo del
estado del/a usuario/a.
CVE:
BOP-2022-5946
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 15 de diciembre de 2022
N.º 0238
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