Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2022-5944)
BOP-2022-5944 Bases reguladoras de la convocatoria de pruebas selectivas, para la cobertura en propiedad de una plaza de Auxiliar de Administración General, mediante el sistema de oposición libre, por el turno de discapacidad.
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Concluido el proceso selectivo y acreditados documentalmente los requisitos, se dictará
Resolución de Alcaldía disponiendo el nombramiento como personal funcionario de carrera
del/la aspirante propuesto/a, que será publicada en los diarios o boletines preceptivos.
Finalizadas las pruebas selectivas objeto de esta convocatoria, para la constitución de listas de
espera, en los términos previstos en el artículo 29 del Decreto 201/1995, de 26 de diciembre,
con los/as aspirantes que sin haber superado el proceso selectivo, hayan aprobado al menos el
primer ejercicio de la fase de oposición.
OCTAVA. NORMATIVA DE APLICACIÓN.
Para lo no previsto en la presente convocatoria será de aplicación el Real Decreto Legislativo
5/2015, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público; la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local; el Real Decreto Legislativo
781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones
Legales vigentes en materia de Régimen Local; Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el
que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el
procedimiento de selección de los/as funcionarios/as de Administración Local, la Ley 13/2015,
de 8 de abril de Función Pública de Extremadura; el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por
el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura; el Decreto 111/2017, de 18 de
julio, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público de la
Comunidad Autónoma de Extremadura y medidas favorecedoras de la integración de los/as
empleados/as públicos/as con discapacidad y en el Decreto 170/2002, de 17 de diciembre, por
el que se regula el acceso al Empleo Público de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura de ciudadanos/as nacionales de otros Estados a los que sea aplicable el
derecho de libre circulación de trabajadores/as y de ciudadanos/as extranjeros/as residentes en
España y demás normas concordantes de general aplicación.
NOVENA. IMPUGNACIÓN.
Contra la presente orden de convocatoria, que agota la vía administrativa, los/as interesados/as
podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Alcaldía en el plazo
de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la
Provincia, o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado
de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al
de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. En caso de interponer recurso de
reposición, no se podrá impugnar en vía contencioso-administrativa la presente orden, hasta
que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquél.
CVE:
BOP-2022-5944
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Jueves, 15 de diciembre de 2022
N.º 0238
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