Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aldeanueva de la Vera. (BOP-2022-5942)
BOP-2022-5942 Licitación aprovechamiento de pastos, montanera y labor en el MUP n.º 31 de Mesillas.
38 páginas totales
Página
AYUNTAMIENTO DE ALDEANUEVA DE LA VERA
CIF.- P1001400I
Calle: Maestro Aparicio, 8.
10.440-ALDEANUEVA DE LA VERA (Cáceres)
Teléfono: 927572474 DIR3: L01100149
Email: ayuntamiento@aldeaneuvadelavera.es
5
 Obtener las previas licencias y autorizaciones pertinentes para el ejercicio de la
actividad.
 Gestionar y explotar el aprovechamiento con la regularidad y continuidad
establecida en el contrato que se suscriba.
 Obligación de mantener en buen el aprovechamiento del dominio público utilizado
conservando los pastos, así como efectuar el mantenimiento adecuado de los
mismos, siendo a su cargo los gastos que con tal motivo se ocasionen.
 Ejercer por sí mismo el servicio, y no cederlo o traspasarlo a terceros sin el
permiso o autorización del Ayuntamiento de Aldeanueva de la Vera, que sólo
podrá autorizarlo en las circunstancias que señala la legislación aplicable en
materia de contratación administrativa.
CLÁUSULA NOVENA. Observancia de las normas, condiciones específicas y
condiciones generales
El adjudicatario se obliga a observar todas las normas existentes en la materia, y en
especial, lo relativo a la relación laboral, seguridad e higiene en el trabajo, etc. En todo
caso, queda exonerado el Ayuntamiento en caso de incumplimiento.
En cuanto a las condiciones específicas de la licitación las vías de servicio a utilizar
son las legalmente establecidas por el Servicio de Ordenación y Gestión Forestal dentro
del Monte.
Las zonas incendiadas serán acotadas conforme a lo dispuesto en la Ley 5/2004, de 24
de junio de Incendios Forestales en Extremadura (DOE nº74 de 29 de junio de 2004).
Se cumplirán las condiciones generales dispuestas en los pliegos de condiciones
técnico-facultativas particulares (Resolución de 24 de abril de 1975, BOE nº21 de 8 mayo
de 1975), y en el pliego general publicado en el Boletín Oficial de la Provincia nº152 de 5
de julio de 1975.
Los trabajos de mejora de pastizales o de repoblación propuestos por el Servicio de
Ordenación y Gestión Forestal tienen prioridad sobre los derechos adquiridos por los
adjudicatarios de pastos, previa valoración de la zona afectada de acuerdo con el precio/ha
CLÁUSULA DÉCIMA. Reversión, subcontratación y cesión
No se permite, bajo ningún concepto, la subcontratación o cesión del contrato,
siendo cualquiera de los anteriores causa de rescisión automática del contrato.
Al término del plazo del contrato revertirán a la Corporación los bienes
objeto de la concesión, debiendo el contratista entregarlos con arreglo al contrato y en el
estado de conservación adecuados.
Cód.
Validación:
6WE7A39MFZTCJELW36AL3QGWL
|
Verificación:
https://aldeanuevadelavera.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
5
de
15
CVE:
BOP-2022-5942
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 15 de diciembre de 2022
N.º 0238
Pág. 25547