Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aldeanueva de la Vera. (BOP-2022-5942)
BOP-2022-5942 Licitación aprovechamiento de pastos, montanera y labor en el MUP n.º 31 de Mesillas.
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Ayt-2210041
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 En ningún caso podrá ponerse obstáculo por el adjudicatario a la realización de
trabajos de conservación y mejora del monte dirigidos por el Servicio de
Ordenación y Gestión Forestal, estando obligado al cumplimiento de las
limitaciones que estos conlleven respecto al aprovechamiento, en su caso.
 Durante la celebración de acciones cinegéticas de caza mayor y el día anterior, el
adjudicatario de los pastos deberá estabular o retirar el ganado del monte, a su
costa.
 Los rediles se situarán en las zonas habituales y ya establecidas para ello.
 Se prohíbe la presencia de perros sueltos por el monte, sin pastor, por el riesgo
que ello supone para la seguridad y salud de las personas, así como para el
asentamiento de fauna silvestre.
 El adjudicatario deberá tener el monte limpio de plásticos, sacos y otras basuras
generadas por la realización del aprovechamiento, manteniendo siempre un
respeto por el medio ambiente.
 Los trabajos de mejora de pastizales o de repoblación propuestos por el Servicio
tienen prioridad sobre los derechos adquiridos por los adjudicatarios de los
pastos, previa valoración de la zona afectada de acuerdo con el precio /Ha., de
adjudicación y descontado de dicho aprovechamiento.
 El adjudicatario deberá mantener en buen estado los pastos. Los trabajos de
mejoras de pastizales por desbroce y siembra que vaya a llevar a cabo el
adjudicatario deberán comunicarse anticipadamente al SOGF que dará su visto
bueno.
ARTÍCULO 4º. SUPERVISIÓN Y CONTROL
Todo contrato regido por este pliego contará con un Director Técnico o facultativo,
nombrado por el Jefe de Servicio con competencias en materia forestal, y en su defecto, dicha
labor será desarrollada por el Jefe de la Sección Técnica Territorial correspondiente, que será el
Responsable del aprovechamiento correspondiéndole la comprobación, inspección, coordinación
y vigilancia de la correcta realización del objeto del contrato, así como de la relación directa e
inmediata con el contratista adjudicatario. Para el cumplimiento de estos fines, el contratista
facilitará al director responsable del aprovechamiento, en cualquier momento, la visita, examen y
demás comprobaciones que en estas labores de inspección realice la Administración, y en
especial, para comprobar las mediciones, bien antes del acta de entrega de los terrenos, o
después de producirse el aprovechamiento contratado.
Corresponde al Director del aprovechamiento interpretar el articulado de este pliego de
condiciones técnico-facultativas particulares y si es necesario, completar las prescripciones
técnicas precisas.
ARTICULO 5º. PLAZOS, GARANTIA DEFINITIVA, LICENCIA DE DISFRUTE Y FORMAS DE PAGO
 Adjudicado el aprovechamiento y firmado el contrato correspondiente se procederá a la
obtención de la licencia de aprovechamiento anualmente, requisito imprescindible para
iniciar la ejecución del aprovechamiento.
Csv: FDJEXX83XP3YAYQMU2ZHKHJ24M9YK7 Fecha 12/12/2022 19:35:53
Firmado Por JOSE LUIS DEL POZO BARRON - J. Serv. Ordenación Y Gestión Forestal
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Jueves, 15 de diciembre de 2022
N.º 0238
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