Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aldeanueva de la Vera. (BOP-2022-5942)
BOP-2022-5942 Licitación aprovechamiento de pastos, montanera y labor en el MUP n.º 31 de Mesillas.
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Ayt-2210041
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La superficie total del Lote1 es de 475,78 hectáreas, según señalamiento en plano adjunto
(por encima de la cota del canal de Rosarito).
La forma de enajenación será según la modalidad de “A RIESGO Y VENTURA”, siendo los
pastos considerados como “cosa cierta”, es decir, sin necesidad de mediciones, por lo que el
adjudicatario no podrá reclamar indemnización alguna por causa del mayor o menor beneficio
resultante.
La forma de adjudicación será mediante subasta pública por un periodo de CUATRO AÑOS
siendo este el PRIMERO.
En la valoración del aprovechamiento se hace por valor unitario de hectárea
aprovechable, que es:
SUPERFICIE
(ha)
IMPORTE BASE ANUAL
(IVA excluido)
475,78 3.000,00 EUROS.
Se tendrá en cuenta el PERIODO EFECTIVO DEL APROVECHAMIENTO desde la fecha de la
concesión, de tal forma que se abonará, para la primera anualidad, la parte proporcional a dicho
periodo sobre el total. Esto no afectará a las tasas administrativas reflejadas en el punto 5ºA.
Todos los pagos o ingresos (tasas, FM y valor de adjudicación) habrán de ser en cada
anualidad de los incluidos en la adjudicación plurianual
ARTÍCULO 3º. FORMA DE EJECUCIÓN
La forma de ejecución y características del aprovechamiento son las siguientes:
A) Superficie objeto de pastoreo
Se podrá pastorear en la totalidad de la superficie del monte, excepto en las zonas
repobladas.
En ningún caso se podrá redilear en las zonas recreativas del monte o en puntos en los
que se entorpezca o dañe las infraestructuras o en regeneración. En estos rodales se podrá
prohibir incluso el pastoreo en el caso que así lo determine la Dirección del aprovechamiento.
Adicionalmente, deberán ser exceptuadas del aprovechamiento aquellas superficies que,
por causas excepcionales (incendio forestal, derribo masivo del arbolado por causas naturales,
etc) deban entrar en obligado acotado al ganado para su regeneración a juicio del director del
aprovechamiento durante el plazo de ejecución del contrato, sin que pueda exigir el adjudicatario
la rescisión del contrato. Si estas zonas fueren de importancia tal que el adjudicatario se viese
obligado a reducir la cabaña ganadera se convendría entre las dos partes la reducción del importe
que reste de la adjudicación.
Csv: FDJEXX83XP3YAYQMU2ZHKHJ24M9YK7 Fecha 12/12/2022 19:35:53
Firmado Por JOSE LUIS DEL POZO BARRON - J. Serv. Ordenación Y Gestión Forestal
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Jueves, 15 de diciembre de 2022
N.º 0238
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