Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aldeanueva de la Vera. (BOP-2022-5942)
BOP-2022-5942 Licitación aprovechamiento de pastos, montanera y labor en el MUP n.º 31 de Mesillas.
38 páginas totales
Página
AYUNTAMIENTO DE ALDEANUEVA DE LA VERA
CIF.- P1001400I
Calle: Maestro Aparicio, 8.
10.440-ALDEANUEVA DE LA VERA (Cáceres)
Teléfono: 927572474 DIR3: L01100149
Email: ayuntamiento@aldeaneuvadelavera.es
11
que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan, sin perjuicio de lo dispuesto
para los contratos que se celebren en el extranjero.
b) Mediante aval, prestado en la forma y condiciones que establezcan las normas de
desarrollo de esta Ley, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de
crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca
autorizados para operar en España, que deberá depositarse en los establecimientos
señalados en la letra a) anterior.
c) Mediante contrato de seguro de caución, celebrado en la forma y condiciones que
las normas de desarrollo de esta Ley establezcan, con una entidad aseguradora
autorizada para operar en el ramo. El certificado del seguro deberá entregarse en
los establecimientos señalados en la letra a) anterior.
La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento
del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato.
Esta garantía responderá a los conceptos incluidos en el artículo 110 de la Ley
9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al
ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo
2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, y transcurrido [un año/6 meses]
desde la fecha de terminación del contrato, sin que la recepción formal y la liquidación
hubiesen tenido lugar por causas no imputables al contratista, se procederá, sin más
demora, a su devolución o cancelación una vez depuradas las responsabilidades a que se
refiere el citado artículo 110.
CLÁUSULA DÉCIMOCTAVA. Adjudicación del Contrato
Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá
adjudicar el contrato dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción de la
documentación. En ningún caso podrá declararse desierta una licitación cuando exija
alguna oferta que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
La adjudicación deberá ser motivada se notificará a los candidatos o licitadores,
debiendo ser publicada en el perfil de contratante en el plazo de 15 días.
La adjudicación deberá recaer en el plazo máximo de quince días a contar desde el
siguiente al de apertura de las proposiciones.
El Ayuntamiento se reserva el derecho de tanteo cuando en la subasta los
licitadores no ofrezcan el precio índice o cuando el contrato hubiese quedado desierto, de
conformidad con lo establecido en el art. 271 del Reglamento de Montes y en el art. 107
del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. Dicho derecho deberá ejercitarlo
dentro de los cinco días siguientes a que se hubiera celebrado la licitación.
Cód.
Validación:
6WE7A39MFZTCJELW36AL3QGWL
|
Verificación:
https://aldeanuevadelavera.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
11
de
15
CVE:
BOP-2022-5942
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 15 de diciembre de 2022
N.º 0238
Pág. 25553