Sección I - Administración Local. Entidades Locales Menores. Ayuntamiento de Navatrasierra (E.L.M.). (BOP-2022-5908)
BOP-2022-5908 Bases Generales que regirán las convocatorias de procesos selectivos de estabilización de empleo temporal.
14 páginas totales
Página
CP
10331
Teléfono 927-
55-52-46
Fax: 927-
55-52-94
Email:
ayuntamiento@navatrasierra.es
Navatrasierra, que por la naturaleza de sus funciones deban de ser reservadas para
su desempeño por personal funcionario, se convocarán para su acceso a la
condición de personal funcionario de carrera, en los cuerpos, escalas, y en su caso,
especialidades que correspondan.
Las presentes Bases Generales y las correspondientes Bases Específicas
vincularán a la Administración, a los Tribunales que han de juzgar las pruebas
selectivas y a quienes participen en las mismas, y solo podrán ser modificadas con
sujeción estricta a las normas de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3. Condiciones que deben cumplir las personas aspirantes.
3.1. Para formar parte en las pruebas de selección, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 56 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, será
necesario reunir las siguientes condiciones generales, además de las específicas de
la convocatoria, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes
de participación:
a) Tener la nacionalidad española. También podrán acceder, como personal
laboral fijo, en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos
públicos, con excepción de aquellos que directa o indirectamente impliquen
una participación en el ejercicio del poder público o en las funciones que
tienen por objeto la salvaguardia de los intereses del Estado o de las
Administraciones Públicas:
a. Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.
b. El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados
miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad
siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las
mismas condiciones, podrán participar los descendientes menores de
veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.
c. Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados
Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por
España en los que sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores.
b) Capacidad: no padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o
psíquica que sea incompatible con el desempeño del contenido funcional
del puesto.
c) Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad
máxima de jubilación forzosa para el empleo público.
Cód.
Validación:
3THPSFNFL6K5DLLCA4MN23AFM
|
Verificación:
https://navatrasierra.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
2
de
13
CVE:
BOP-2022-5908
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 13 de diciembre de 2022
N.º 0236
Pág. 25420