Sección I - Administración Local. Entidades Locales Menores. Ayuntamiento de Navatrasierra (E.L.M.). (BOP-2022-5908)
BOP-2022-5908 Bases Generales que regirán las convocatorias de procesos selectivos de estabilización de empleo temporal.
14 páginas totales
Página
CP
10331
Teléfono 927-
55-52-46
Fax: 927-
55-52-94
Email:
ayuntamiento@navatrasierra.es
causa justificada decaerá en todo derecho que pudiera haber adquirido.
14.Formación de bolsas.
14.1. Asimismo, una vez finalizado el proceso selectivo y efectuada la
adjudicación del destino, se formará una «bolsa» para el personal laboral, con los
aspirantes que hubieran participado en el proceso selectivo atendiendo al orden de
puntuación de dichos méritos.
- Los aspirantes que no deseen formar parte de las listas de espera deberán
presentar escrito de renuncia ante la Administración convocante.
- Los posibles empates en la puntuación de los aspirantes que hayan de
formar parte de dicha lista de espera serán dirimidos antes de la
publicación del listado, atendiendo al orden establecido apartado de
experiencia profesional.
14.2. La bolsa resultante de cada proceso selectivo permanecerá en vigor hasta la
aprobación de una nueva bolsa resultante de una convocatoria posterior, y dejará
sin vigencia las listas derivadas de procesos anteriores.
- En el caso de que una «Bolsa» generada para un proceso selectivo se
agotase, quedará activada automáticamente la última que estuviese
vigente con anterioridad.
15.Datos de carácter personal.
La participación en el proceso selectivo implica el consentimiento para que los
datos personales aportados sean objeto de publicación a través de su inserción en el
Boletín Oficial de la Provincia, en el Tablón de Edictos y Anuncios del
Ayuntamiento y en la Página Web Municipal, cuando así lo requiera la tramitación
del procedimiento. Por aplicación del principio de especialidad, los datos
personales que podrán ser objeto de publicación son: el nombre, apellidos y
número del documento nacional de identidad o documento equivalente, en la forma
prevista legalmente.
16.Recursos.
Las presentes bases vinculan a la Administración, al Tribunal Calificador y a
quienes participen en el proceso de selección, y tanto la presente convocatoria
como sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las
actuaciones del Tribunal Calificador podrán ser impugnadas por los interesados en
los casos y formas que determina la Ley 7/1985, de 2 abril, reguladora de las
Bases de Régimen Local y Ley 39/2015 del 1 de octubre del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en su caso en
Cód.
Validación:
3THPSFNFL6K5DLLCA4MN23AFM
|
Verificación:
https://navatrasierra.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
12
de
13
CVE:
BOP-2022-5908
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 13 de diciembre de 2022
N.º 0236
Pág. 25430