Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cañamero. (BOP-2022-5876)
BOP-2022-5876 Resolución recurso de Reposición.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Cañamero
ANUNCIO. Resolución recurso de Reposición.
En el día de la fecha, por la Alcaldía-Presidencia de este Excmo. Ayuntamiento se ha adoptado
resolución, cuyo tenor literal transcribo a continuación:
“La Junta de Gobierno Local en su sesión celebrada el día 12 de septiembre de 2022, previo
informe favorable de la Mesa de Negociación Colectiva de este Ayuntamiento, en uso de las
atribuciones conferidas por el Sr. Alcalde mediante el Acuerdo Plenario de 25 junio de 2022, y
de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, convocó las pruebas
selectivas para cubrir con carácter de personal laboral fijo, dos plazas de personal laboral fijo
de Auxiliar Administrativo/a del Grupo C subgrupo C2 acogidas al proceso de estabilización
extraordinario del Ayuntamiento de Cañamero.
Las bases fueron publicadas en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y Sede Electrónica
municipal, así como insertas en el Boletín oficial de la provincia de Cáceres n.º 179,
correspondiente al lunes, 19 de septiembre de 2022 y el anuncio de la convocatoria en el
Boletín Oficial del Estado n.º 231, del lunes, 26 de septiembre de 2022.”
D.ª Ana María García CARABIAS, DNI n.º ***7669**, presenta escrito, con número de registro
2022-E-RC-8741, DE FECHA 07/10/2022, por el que en su calidad de aspirante al proceso
selectivo convocado para la provisión por concurso de dos plazas de Auxiliar Administrativo/a,
Grupo C, Subgrupo C, correspondientes a la OEP extraordinaria de estabilización de la Ley
20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el
empleo público (disposiciones adicionales sexta y octava), recurre en reposición las bases
específicas de la convocatoria, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia n.º 179, de 19 de
septiembre de 2022.
La interesada manifiesta en su recurso que dichas bases conculcan el principio de igualdad y el
de libre concurrencia, a la vista de la redacción del baremo que puntúa la experiencia
profesional, “toda vez que diferenciar a los/as concursantes en función del Ayuntamiento en el
CVE:
BOP-2022-5876
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 13 de diciembre de 2022
N.º 0236
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