Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-5860)
BOP-2022-5860 Proceso de provisión de puestos de trabajo mediante concurso de traslado.
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AREA DE PERSONAL, FORMACIN Y SEPEI
3. Finalizado el plazo al que se refiere el párrafo anterior y, en su caso, resultas las alegaciones
presentadas, la Comisión de Valoración, a la Presidencia, quien resolverá el Concurso mediante Resolución
que se motivará en la observancia de la normativa vigente, las bases generales y las de la convocatoria que
vinculan por igual a la Administración Provincial y a los participantes, así como la valoración final de los
méritos de los candidatos, el cual contendrá igualmente la relación de el/los aspirante/s que ha/n obtenido
destino y de el/los puesto/s que le/s ha/n sido adjudicado/s y la valoración final de los méritos, y dispondrá
su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, agotando dicho acto la vía administrativa.
En la resolución figurarán los puestos con el código y demás datos de identificación, así como el
nombre y el Documento Nacional de Identidad al que se ha asignado cada puesto.
4. El plazo para la resolución de la convocatoria correspondiente será de cuatro meses contados desde el
día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
5. Únicamente podrán quedar puestos desiertos, cuando no concurran aspirantes que reúnan las
condiciones y requisitos exigidos en la convocatoria o, que en su caso, no superen la puntuación mínima
exigida para resultar adjudicatario de un puesto.
Décima. Toma de posesión.
1. El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles, si no implica cambio
de residencia del funcionario, o de diez días hábiles si comporta cambio de residencia, que deberá
justificarse.
2. El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá
efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso. Si la
resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde
dicha publicación, y será de tres días hábiles, a reserva de que el reingreso comporte cambio de residencia,
en cuyo caso será de diez días.
En el supuesto de que el interesado tuviera concedidas vacaciones, permisos o licencias, el
cómputo del plazo posesorio se iniciará cuando estas finalicen, salvo que por causas excepcionales y
debidamente motivadas por el órgano competente, se podrá suspender el disfrute de los mismos.
3. Asimismo, en el caso de que el interesado se encuentre en la situación de servicios especiales, el
cómputo de los plazos posesorios se iniciará a partir de la fecha de reingreso al servicio activo.
4. A todos los efectos, el plazo posesorio se considerará como de servicio activo en el nuevo puesto, y
siempre que no se incumpla por causa imputable al interesado.
5. En el momento de la toma de posesión el interesado deberá observar la normativa sobre
incompatibilidades, debiendo, en el caso de que la tuviera ya reconocida, solicitarla de nuevo a los efectos
de que se proceda a la revisión de las condiciones que hubiesen sido tenidas en cuenta en la Resolución
inicial.
Decimoprimera. Destinos.
1. Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión
se hubiera obtenido otro destino mediante convocatoria pública.
2. En ningún caso, se adjudicará al empleado público una vacante a los que no haya optado.
CVE:
BOP-2022-5860
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 12 de diciembre de 2022
N.º 0235
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