Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casas del Monte. (BOP-2022-5833)
BOP-2022-5833 Bases convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal, para cubrir una plaza de Auxiliar Administrativo/a.
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Base décimo segunda: Obligaciones de las personas contratadas.
La persona aspirante que hubiera sido contratada dentro del plazo establecido, se incorporará
como empleada/o público del Excmo. Ayuntamiento de Casas del Monte a todos los efectos, en la
categoría y servicio a la que han optado, debiendo desempeñar con diligencia las tareas que le sean
asignadas y velar por los intereses generales con sujeción y observancia de la Constitución y el resto
del ordenamiento jurídico, y deberán actuar conforme a los principios que inspiran el Código de
Conducta de los Empleados Públicos especificado en el Capítulo VI del Título III del Real Decreto
Legislativo 5/2015 de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público.
Base décimo tercera: Protección de datos de carácter personal.
La presentación de la solicitud para participar en el presente proceso selectivo implicará, de
conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de los Derechos Digitales, el consentimiento para su inclusión en un
fichero automatizado cuyos datos serán tratados para fines exclusivamente relacionados con la
gestión de las competencias ejercidas por el Ayuntamiento de Casas del Monte. Ello implica la
autorización para la publicación de los nombres y calificaciones obtenidas por las personas
aspirantes en el presente Concurso y Evaluación.
No obstante, en cualquier momento, las personas interesadas podrán ejercitar el derecho de
acceso, rectificación o cancelación mediante escrito dirigido al Excmo. Ayuntamiento de Casas del
Monte, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los Derechos Digitales, y las normas que la
desarrollan.
Base décimo cuarta: Recursos.
Contra las presentes Bases podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano
que aprobó las Bases en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su última
publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, según cuál sea posterior en el tiempo, o bien
interponer directamente recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, contados
igualmente desde el día siguiente al de su última publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-
Administrativo correspondiente, todo ello de conformidad con los artículos 114.c), 123 y 124 de la
Ley 39 /2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso de interposición de recurso de reposición, se
deberá esperar a que éste se resuelva y notifique, o bien a que pueda ser entendido como
desestimado en virtud de silencio. No obstante, lo anterior, los interesados podrán presentar
cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos e intereses.
CVE:
BOP-2022-5833
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 9 de diciembre de 2022
N.º 0234
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