Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Tiétar. (BOP-2022-5813)
BOP-2022-5813 Convocatoria y Bases del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal.
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- Declaración responsable conforme al modelo que figura como Anexo III de estas bases
(este documento tiene que subirse a la plataforma firmado).
- Documentación acreditativa de los méritos alegados por el solicitante y que desee les
sean valorados conforme a lo dispuesto en la Base Decimocuarta.
(Aquellos méritos que no se documenten en el plazo de presentación de instancias, no
podrán ser tomados en consideración).
- Informe de vida laboral actualizado a la fecha de esta convocatoria.
- Realizar el registro de la solicitud en la sede electrónica municipal.
UNDÉCIMA. ADMISIÓN DE ASPIRANTES.
1.Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Alcalde-Presidente dictará Resolución
aprobando la lista provisional de admitidos y excluidos, cuyo anuncio será publicado en el
Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, en la sede electrónica municipal
https://tietar.sedelectronica.es y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Tiétar, y se
concederá a los interesados un plazo de diez días hábiles para la subsanación de errores o
para la presentación de reclamaciones.
En el caso de los aspirantes excluidos que no presenten reclamaciones o no subsanen los
errores que les impiden acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos en la base sexta de
la convocatoria en el plazo establecido, se les tendrá por desistidos de su derecho, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En el supuesto en que se presentaran reclamaciones, serán aceptadas o rechazadas en la
Resolución por la que se aprueba la lista definitiva de admitidos y excluidos.
En el plazo de subsanación no podrán aportarse méritos.
2. Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición de los
interesados, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3. Expirado el plazo anterior, el Alcalde-Presidente dictará Resolución, que se publicará en el
Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, en la sede electrónica municipal
https://tietar.sedelectronica.es y en Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Tiétar, aprobando
CVE:
BOP-2022-5813
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 7 de diciembre de 2022
N.º 0233
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