Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Tiétar. (BOP-2022-5813)
BOP-2022-5813 Convocatoria y Bases del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal.
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CUARTA. SISTEMA SELECTIVO.
De conformidad con lo previsto en el artículo 61.6 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público y en las Disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021 de 28
de diciembre, el sistema selectivo para la provisión de las plazas contempladas en el Anexo I
de la presente Resolución, será el de concurso de méritos.
QUINTA. PUBLICACIÓN.
Las presentes Bases, así como cuantos actos se deriven de la convocatoria se publicarán en el
Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, en la sede electrónica municipal
(http://tietar.sedelectronica.es) y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Tiétar.
Asimismo, se publicará anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Para el cómputo de los plazos de presentación de instancias será el primer día hábil siguiente a
la publicación del anuncio de la convocatoria correspondiente en el Boletín Oficial del Estado.
Para el cómputo del resto de plazos será el primer día hábil siguiente a la publicación en el
Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.
SEXTA. REQUISITOS DE LAS PERSONAS ASPIRANTES.
1. Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo correspondiente, los aspirantes
deberán poseer al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, durante el
desarrollo del proceso selectivo y mantener hasta el momento de la toma de posesión, los
siguientes requisitos de participación:
a) Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57, acceso
al empleo público de nacionales de otros Estados, del Real Decreto 5/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. De conformidad con lo
establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba
el Texto Refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su
inclusión social, serán admitidas las personas con discapacidad en igualdad de condiciones
con las demás aspirantes, todo ello condicionado a la capacidad funcional para el desempeño
de las tareas o funciones propias de este puesto, acreditándose las condiciones personales de
aptitud mediante dictamen vinculante expedido por el equipo multidisciplinar competente.
CVE:
BOP-2022-5813
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 7 de diciembre de 2022
N.º 0233
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