Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2022-5805)
BOP-2022-5805 EXTRACTO. Bases de subvenciones a las peñas del carnaval por la participación en los desfiles de carrozas, comparsas adultos/as y comparsas infantiles del carnaval 2023.
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Se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la
finalización del período de justificación.
8. FORMA DE PAGO.
El pago de la subvención se realizará con carácter previo, que supondrá entregas de fondos
con carácter previo a la justificación, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las
actuaciones inherentes a la subvención.
No podrá realizarse el pago de la subvención en tanto la persona beneficiaria no se halle al
corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o sea
deudora por resolución de procedencia de reintegro.
9. JUSTIFICACIÓN.
Las subvenciones deberán justificarse ante la Intervención municipal hasta del 17 de marzo de
2023, mediante la presentación de los siguientes documentos:
- Memoria justificativa, según Anexo III.
- Facturas justificativas y justificantes de pago bancario. Los pagos deberán realizarse
mediante transferencia bancaria o mediante tarjeta bancaria, vinculadas en ambos
casos a la cuenta bancaria de la entidad que realiza la justificación.
- Alta a terceros. Anexo IV. En aquellos casos en que la asociación o peña ya haya
entregado este documento en ediciones anteriores, sólo se volverá a entregar si tuviera
algún cambio con respecto a los datos que ya obran en poder de este Ayuntamiento.
Todos estos documentos se entregarán en el Registro General del Ayuntamiento de
Navalmoral de la Mata o a través de su sede electrónica, aytonavalmoral.sedelectronica.es.
En caso de no presentación en plazo de la referida justificación, o de que la misma resulte
insuficiente o defectuosa, el Ayuntamiento de Navalmoral, procederá a reclamar a las personas
beneficiarias la devolución total o parcial de las cantidades percibidas, así como los
correspondientes intereses de demora, en su caso.
10. ANUNCIOS.
Las correspondientes convocatorias derivadas de las presentes bases se publicarán en la Base
de Datos Nacional de Subvenciones y un extracto de las mismas en el Boletín Oficial de la
Provincia de Cáceres.
CVE:
BOP-2022-5805
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 7 de diciembre de 2022
N.º 0233
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