Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-5769)
BOP-2022-5769 Bases reguladoras de la segunda convocatoria de subvenciones para la adjudicación de ayudas a las personas participantes en las acciones formativas destinadas a afrontar el reto demográfico en los municipios de menor población. PROYECTO POEJ.
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General de Subvenciones se exonera a los beneficiarios de estar al corriente en las
obligaciones tributarias con el Estado, con la Seguridad Social, con la Hacienda Autonómica y
con la Hacienda Provincial, así como la de no hallarse al corriente de pago de obligaciones por
reintegro de subvenciones.
- Cualesquiera otras que se desprendan del contenido de las presentes bases y de la
normativa aplicable.
5. COMPATIBILIDADES CON OTRAS AYUDAS.
La ayuda económica que el Proyecto JUVENTAS FORMA concede a los/as participantes es
compatible con cualquier otra ayuda o prestación que los/as participantes reciban.
Un/a participante no se podrá incluir en más de una acción formativa del Proyecto JUVENTAS
FORMA, afectando esta condición a todas las acciones formativas objeto del proyecto. En caso
de concurrir esta circunstancia, la Entidad tendrá que asociar al participante a una única acción
formativa, con lo que solo tendrá derecho a solicitar la ayuda económica a dicha acción
formativa.
Finalmente, la condición de beneficiario/a de la ayuda económica a los/as participantes no
conlleva una dedicación exclusiva que impida la búsqueda y aceptación de un empleo. En
consecuencia, la contratación laboral sobrevenida del alumnado participante en horario
compatible con el desarrollo de las acciones formativas una vez iniciada la actuación, no
supondrá la pérdida del derecho al cobro de la ayuda a la formación ni su salida del programa.
6. DOTACIÓN PRESUPUESTARIA.
Las ayudas previstas en las presentes bases se concederán con cargo y tendrán como límite la
dotación correspondiente al crédito presupuestario previsto para este fin dentro del Proyecto
JUVENTAS FORMA, conforme a su consignación en los presupuestos de la Diputación de
Cáceres de los correspondientes ejercicios, a saber:
-Aplicación presupuestaria: 2022.04.2419.48700 ( 26.146,80€)
El importe total de las ayudas a conceder dentro del ejercicio presupuestario no podrá superar
la consignación prevista o la que resulte, en su caso, de su actualización mediante las
modificaciones presupuestarias conforme al procedimiento y las normas que rigen las mismas.
7. DURACIÓN DE LA AYUDA.
La duración de la ayuda económica a los/as participantes se mantendrá mientras subsista la
CVE:
BOP-2022-5769
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 7 de diciembre de 2022
N.º 0233
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