Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Zona Centro. (BOP-2022-5766)
BOP-2022-5766 Bases convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal por concurso para cubrir tres plazas de Oficial 1ª maquinista.
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8.1. Finalizada la baremación del concurso, el Tribunal formará relación comprensiva de los aspirantes por orden
de puntuación obtenida y elevará al Ilmo. Sr. Presidente de la Mancomunidad Zona Centro la propuesta de
nombramiento de los aspirantes seleccionados que mayor puntuación hayan obtenido, haciéndola pública en la sede
electrónica de la mancomunidad y en el Tablón de Anuncios.
En ningún caso el Tribunal podrá proponer el acceso a la condición de personal laboral de un número superior de
aprobados al de plazas convocadas.
8.2. En el plazo máximo de 20 días hábiles a contar desde la publicación, los aspirantes propuestos por el Tribunal,
presentarán los siguientes documentos acreditativos de los requisitos exigidos en la base 2.
a
:
a) Fotocopia compulsada del DNI.
b) Copia auténtica o fotocopia compulsada de la titulación o justificante de haber satisfecho los derechos de
expedición, sin perjuicio de su posterior presentación.
c) Certificado médico de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el ejercicio de las correspondientes
funciones.
d) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de
las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni
hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al
cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal
laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse
inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su
Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
8.3. La falta de presentación dentro del plazo fijado en la base 8.2 de la documentación exigida, excepto en los
casos de fuerza mayor, u otros casos no imputables a los aspirantes, o cuando de la presentación de los documentos se
desprenda la falta de cumplimiento de los requisitos de la convocatoria o supuestos de falsedad en la declaración, dará
lugar a la invalidez de las actuaciones de los aspirantes, comportando por consiguiente, la nulidad de los actos del
Tribunal en relación con el aspirante y la imposibilidad de efectuar su nombramiento, sin perjuicio de la existencia de
otras responsabilidades en que haya podido incurrir.
En este caso, la propuesta se considerará hecha a favor de los aspirantes siguiente, según orden de puntuación
obtenida, que haya superado la totalidad de los ejercicios de las pruebas selectivas, como consecuencia de la citada
anulación.
9º. Nombramiento y toma de posesión.
9.1. Presentada la documentación por los aspirantes y siendo esta conforme, el Sr. Presidente de la Mancomunidad
Zona Centro efectuará nombramiento, a favor de los aspirantes que hayan obtenido mayor puntuación, como Oficial 1ª
Maquinista, no pudiendo superar el número de aspirantes nombrados al de plazas convocadas.
9.2. Se procederá a la formalización del correspondiente contrato de trabajo y la incorporación al puesto de trabajo
dentro del plazo que se establezca. Podrá establecerse la superación del período de prueba que corresponda de acuerdo
con la normativa laboral, con lo que se culmina el proceso y el trabajador adquirirá la condición de empleado público.
Formalizado el contrato se deberá comunicar a la oficina pública de empleo que corresponda, en el plazo de los diez días
siguientes a su concertación; asimismo, se deberá informar a la representación legal de los trabajadores, mediante
entrega de una copia básica de los contratos celebrados.
9.3. Quien sin causa justificada no tome posesión en el plazo indicado, perderá todos los derechos derivados de la
superación de las pruebas selectivas y del nombramiento conferido.
10º. Impugnación.
Contra las presentes bases, cuyo acuerdo aprobatorio es definitivo en la vía administrativa podrá interponerse por
los interesados legitimados uno de los siguientes recursos:
10.1.- Potestativamente recurso de reposición ante el órgano que dictó el acto dentro del plazo de un mes contado a
partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de la misma o, directamente recurso contencioso-
administrativo, ante el juzgado de lo Contencioso- Administrativo competente, todo ello de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley 7/1982, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y artículos 123 y
124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en
los artículos 8.1,25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente.
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BOP-2022-5766
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Lunes, 5 de diciembre de 2022
N.º 0232
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