Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Pesga. (BOP-2022-5744)
BOP-2022-5744 Aprobación definitiva de la nueva Ordenanza Fiscal reguladora de Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza rústica y urbana.
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- En sitios o conjuntos históricos, los que cuenten con una antigüedad igual o
superior a cincuenta años y estén incluidos en el catálogo previsto en el Real
Decreto 2159/1978, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de
Planeamiento para el Desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y
Ordenación Urbana, como objeto de protección integral en los términos previstos
en el artículo 21 de la Ley 16/1985, de 25 de junio.
c) La superficie de los montes en que se realicen repoblaciones forestales o
regeneración de masas arboladas sujetas a proyectos de ordenación o planes técnicos
aprobados por la Administración forestal. Esta exención tendrá una duración de quince
años, contados a partir del periodo impositivo siguiente a aquel en que se realice su
solicitud.
Artículo 9.
Las exenciones de carácter rogado deberán ser solicitadas por el/a sujeto pasivo del impuesto,
empezando a surtir efectos a partir del ejercicio siguiente a aquel en que se solicite.
Artículo 10.
Conforme al artículo 62.4. de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, en razón de criterios
de economía y eficiencia en la gestión recaudatoria del tributo, estarán exentos aquellos
recibos que se generen cuyo importe sea inferior a tres euros.
V. BASE IMPONIBLE.
Artículo 11.
Estará constituida por el valor catastral de los bienes inmuebles que se determinará, notificará
y será susceptible de impugnación conforme a lo dispuesto en las normas reguladoras del
Catastro Inmobiliario.
V. BASE LIQUIDABLE.
Artículo 12.
1. La base liquidable de este impuesto será el resultado de practicar, en su caso, en la
imponible las reducciones que procedan legalmente.
2. La base liquidable se notificará conjuntamente con la base imponible en los procedimientos
de valoración colectiva.
CVE:
BOP-2022-5744
Verificable
en:
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Lunes, 5 de diciembre de 2022
N.º 0232
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