Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jarandilla de la Vera. (BOP-2022-5743)
BOP-2022-5743 Bases generales de los procesos selectivos que convoca el Ayuntamiento de Jarandilla de la Vera en el marco de los procesos extraordinarios de Estabilización empleo Temporal Ley 20/2021 de 28 de diciembre.
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b.1) Formación:
Se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, que hayan sido
convocados, impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración
Pública, por Administraciones Públicas u Organismos y Organizaciones dependientes
de ellas, o por organizaciones sindicales u otros agentes promotores dentro del marco
del Acuerdo de Formación para el empleo de las Administraciones Públicas,
Universidades y colegios profesionales, cuyo contenido esté directamente
relacionado con las funciones propias del cuerpo, escala y subescala o categoría
profesional a la que se opta.
En las Bases específicas de cada plaza se establecerán los cursos que serán valorados y
solo se valorarán los específicos de cada plaza.
Sólo se valorará, ya sea por asistir o por impartir, una única edición del curso o acción
formativa cuando sean varias coincidentes dentro del mismo año en cuanto a su
contenido.
La formación se acreditará mediante copia de diplomas o certificados con horas y/o
créditos.
Ello, no obstante, el órgano de selección se reserva el derecho de poder exigir al/a
aspirante cualquier documentación complementaria.
La valoración se realizará de acuerdo con el siguiente baremo general:
 Se valorarán cursos, actividades formativas directamente relacionados con la
plaza a cubrir, con 0,10 puntos cada crédito estableciéndose la equivalencia de
1 crédito con 10 horas.
Actividades formativas realizadas de menos de 10 horas y las que no
especifiquen número de horas NO se valorarán .
 Por impartir cursos o actividades formativas relacionadas con la plaza a cubrir.
0,10 puntos por cada 10 horas y actividades formativas impartidas de menos de
10 horas y las que no especifiquen número de horas se valorarán con 0,10
puntos.
La valoración de este mérito deberá acreditarse mediante original o copia de la
certificación que exprese que se ha participado como docente en una determinada
actividad formativa y en la que se acrediten las horas impartidas de docencia, no
valorándose las prácticas, las colaboraciones, ni las tutorías.
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BASES GENERALES PROCESO DE ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL
Cód.
Validación:
3P93G2PTAJAAAX7F9Z9HMTZCH
|
Verificación:
https://jarandilladelavera.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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13
de
20
CVE:
BOP-2022-5743
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 5 de diciembre de 2022
N.º 0232
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