Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Portaje. (BOP-2022-5713)
BOP-2022-5713 Aprobación definitiva del Reglamento de Contro Interno Simplificado.
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debiendo efectuarse en las fases:
- El reconocimiento de derechos (fase contable “DR”).
- La recaudación e ingreso de fondos públicos (fase contable “I”).
4. El ejercicio del control posterior o financiero se llevará a cabo mediante técnicas de auditoría
y muestreo.
a) Estas actuaciones comprobatorias posteriores tienen por finalidad asegurar que la
gestión económico-financiera de los derechos e ingresos públicos se ajusta a las
disposiciones aplicables en cada caso. Las actuaciones a llevar a cabo deberán verificar
en cualquier caso:
- El cumplimiento de la legalidad tanto en los procedimientos de gestión que
hayan dado lugar al reconocimiento, liquidación, modificación o extinción de
derechos, como en la realización de cualquier ingreso público.
- Que el derecho económico es reconocido y liquidado por el órgano competente
y de acuerdo con las normas en cada caso aplicables.
- Que el importe es el correcto, teniendo en cuenta las posibles causas de la
modificación del mismo, como los aplazamientos y fraccionamientos de las
deudas liquidadas o los hechos que puedan dar lugar a la extinción del derecho.
- Que los ingresos se han realizado en las cajas o cuentas corrientes de las
entidades de depósito debidamente autorizadas, dentro delos plazos legalmente
establecidos y por la cuantía debida.
- Que el/a pagador/a es el correcto, examinando, en su caso, los supuestos de
derivación de responsabilidad.
- Que todos los derechos y/o operaciones susceptibles de ser contabilizadas lo
estén en el concepto adecuado y por el importe correcto. Además de los
extremos detallados en el párrafo anterior, para los siguientes casos deberá
verificarse igualmente:
- Reintegro de Pagos Indebidos:
- Que los motivos y su procedencia son correctos, detallando operación, motivo,
importe e unidad o área gestora.
CVE:
BOP-2022-5713
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 2 de diciembre de 2022
N.º 0231
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