Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mohedas de Granadilla. (BOP-2022-5711)
BOP-2022-5711 Reglamento regulador de la carrera Profesional Horizontal.
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NIVELES: Inicial, I, II, III, IV.
AÑOS: <5, 5, 12, 19, 26.
En el supuesto de los/as funcionarios/as con habilitación de carácter nacional que presten sus
servicios en este Ayuntamiento en régimen de acumulación, les corresponderá el 30% de las
retribuciones por carrera profesional, que fije el Ayuntamiento en el que desempeñen el cargo
con nombramiento definitivo o provisional.
La progresión de la carrera horizontal se realizará desde el puesto funcional de la misma
categoría, especialidad o, en su caso, grupo de titulación en el que el/a funcionario/a se
encuentre en servicio activo.
El Pleno queda facultado para reconocer la progresión de la carrera horizontal los puestos
desempeñados por el/a funcionario/a en otras categorías, especialidades o grupos de
titulación, así como el tiempo trabajado en cualquier puesto como funcionario/a interino/a o
personal laboral en cualquier Administración Pública antes de adquirir la condición de
funcionario/a de carrera de este Ayuntamiento o desde el que haya accedido en su caso a la
situación de servicios especiales, excedencia por cuidado de familiares y excedencia por razón
de violencia de género. En todo caso, se computará como ejercicio profesional efectivamente
desempeñado el tiempo que haya permanecido en las situaciones administrativas indicadas y
el tiempo destinado a funciones sindicales o representación de personal.
Artículo 6. Requisitos.
Para el acceso a los distintos grados de la carrera profesional, además del tiempo de ejercicio
profesional determinado en el punto anterior, será necesario el cumplimiento de los requisitos
que se determinen en relación con la evaluación favorable de determinadas áreas, entre las
que se valorará necesariamente la trayectoria y actuación profesional, la calidad de los trabajos
realizados, los conocimientos adquiridos, el resultado de la evaluación del desempeño y
compromiso con la organización, así como otros méritos y aptitudes por razón de la
especificidad de la función desarrollada y la experiencia adquirida.
Artículo 7. Procedimiento.
El procedimiento para el acceso a los distintos niveles de carrera profesional será el siguiente:
1º.- A los/as empleados/as públicos/as que se encuentren en situación de servicio activo y
presten servicios en el ayuntamiento de Mohedas de Granadilla, a la fecha de aprobación de
este acuerdo por el pleno municipal se les declarará incluidos/as en el nivel inicial, sin
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BOP-2022-5711
Verificable
en:
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Viernes, 2 de diciembre de 2022
N.º 0231
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