Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mohedas de Granadilla. (BOP-2022-5711)
BOP-2022-5711 Reglamento regulador de la carrera Profesional Horizontal.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Mohedas de Granadilla
ANUNCIO. Reglamento regulador de la carrera Profesional Horizontal.
El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el pasado 19 de octubre de 2022, una
vez tramitado el expediente 113/2022 para la Implantación y Reconocimiento de la Carrera
Profesional para los/as Empleados/as Públicos/as del Ayuntamiento de Mohedas de Granadilla,
acordó por unanimidad, la aprobación del siguiente reglamento, en los términos que a
continuación se transcriben:
REGLAMENTO REGULADOR DE LA CARRERA PROFESIONAL HORIZONTAL DE LOS/AS
FUNCIONARIOS/AS DE CARRERA DEL AYUNTAMIENTO DE MOHEDAS DE GRANADILLA.
El Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado/a Público/a -TREBEP-,
aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, regula en los artículos 16 y ss
el derecho de los/as funcionarios/as de carrera a la promoción profesional, permitiendo a las
Administraciones Públicas configurar un modelo de carrera horizontal definido como la
progresión de grado, categoría, escalón u otros conceptos análogos sin necesidad de cambiar
de puesto de trabajo.
La Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura -LFPEX-desarrolla la carrera
profesional en los artículos 102 y ss entendida como el conjunto sistematizado de
oportunidades de ascenso, mejora, movilidad y expectativa de progreso profesional reguladas
conforme a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.
El nuevo modelo deberá valorar necesariamente la trayectoria y actuación profesional, la
calidad de los trabajos realizados, los conocimientos adquiridos y la evaluación del desempeño,
así como otros méritos en razón de la especialidad de la función desarrollada y la experiencia
adquirida. La evolución del desempeño así como otros méritos en razón de la especificidad de
la función desarrollada y la experiencia adquirida. La evolución del desempeño de los/as
empleados/as públicos/as deberá realizarse a través de procedimientos fundados en principios
de transparencia, objetividad, imparcialidad y no discriminación, y cuya evaluación habrá de ser
tenida en cuenta a los efectos de promoción en la carrera.
CVE:
BOP-2022-5711
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 2 de diciembre de 2022
N.º 0231
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