Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jarandilla de la Vera. (BOP-2022-5709)
BOP-2022-5709 Bases convocatoria puesto de Dinamizador/a Juvenil para el Espacio Joven.
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Excmo. Ayuntamiento de Jarandilla de la Vera
Plaza de la Constitución nº 1 10450 Jarandilla de la Vera (Cáceres). Tlf 927560010-560045
de confidencialidad con ocasión de la relación que se entabla con el Ayuntamiento.
OCTAVA: INCIDENCIAS
1. La presente convocatoria, en sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma y de las
actuaciones del Tribunal podrán ser impugnada por los/las interesados/as en los casos y en la forma
establecidos en la Ley 39/2015 de 1 de Octubre, del Procedimiento Común de las Administraciones
Públicas.
2. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse, y adoptar resoluciones,
criterios o medidas necesarias para el buen orden del concurso-oposición en aquellos aspectos no
previstos en estas bases.
3. Para lo no previsto en la presente convocatoria será de aplicación: Real Decreto Legislativo 5/2015, de
30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público, la Ley 13/2015 de 8 de Abril de Función Pública de Extremadura la ley 7/1985 de 2 de Abril
Reguladora de las Bases de Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986 de 18 de Abril por el que
se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; el Real
Decreto 896/1991 de 7 de Junio por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que
debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración local; el Decreto
201/1995 de 26 de Diciembre por el que se aprueba el reglamento General de ingreso del Personal al
servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y demás normas concordantes
de general aplicación.
NOVENA: RECURSOS
El presente acto es definitivo en vía administrativa y frente al miso cabe interponer en el plazo de dos
meses a partir de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-
Administrativo de la ciudad de Cáceres o con carácter potestativo, en los términos comprendidos en al
artículo 123 de la Ley 39/2015 de 1 de Octubre, recurso de reposición ante esta Alcaldía de Jarandilla de la
Vera, en el plazo de un mes; todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro que se estime
oportuno.
En Jarandilla de la Vera a 25 de Noviembre de 2022
Fdo: Fermín Encabo Acuña
Cód.
Validación:
6E3NWDMDSJ43RHAN7CMHXQYXN
|
Verificación:
https://jarandilladelavera.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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Verificable
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Viernes, 2 de diciembre de 2022
N.º 0231
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