Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2022-5694)
BOP-2022-5694 Convenio adhesión Ayuntamiento Hoyos.
23 páginas totales
Página
1.- El Secretario o Secretario Delegado/a dará cuenta de los asuntos
comprendidos en el orden del día, con lectura de la propuesta de acuerdo, si
lo hubiera, que podrá formularse de forma extractada y, si nadie pidiera la
palabra, se entenderán aprobados por unanimidad.
2.- A solicitud de cualquiera de los Vocales, se dará lectura a la parte del
expediente o documento necesario para la mejor comprensión del asunto. Los
miembros del consorcio que hayan formulado propuestas, podrán hacer uso de
la palabra para explicarla.
3.- Los Vocales que asistan a la sesión podrán solicitar la retirada de algún
asunto incluido en el orden del día a los solos efectos de que se incorporen los
documentos que se consideren necesarios. De igual forma podrá solicitarse que
un expediente quede sobre la mesa hasta la nueva sesión. En ambos casos, se
someterá la petición a votación requiriéndose para ser aceptada el voto
favorable de la mayoría de los asistentes.
Artículo 26. Votaciones.
1.- Las votaciones serán ordinarias, nominales o secretas. En estas últimas el
voto se emitirá por escrito.
2.- Cada miembro de la Junta General contará con un único voto. Este criterio
será de aplicación, igualmente, en el Consejo de Administración.
3.- Los acuerdos requerirán para su aprobación la mayoría simple de los Vocales
presentes, salvo que en los estatutos o en la legislación vigente se requiriera
mayoría especial.
4.- Una vez iniciada la votación no podrá ser interrumpida, entendiéndose
respecto de los Vocales que se ausenten una vez iniciada la deliberación del
asunto, que se abstienen a efectos de votación.
5.- La votación se efectuará normalmente a mano alzada, a indicación del Sr.
Presidente, pronunciándose en primer lugar los votos a favor, en segundo los
votos en contra y por último las abstenciones, pudiendo repetirse la votación
en caso de duda. En caso de empate en segunda votación, decidirá el voto de
calidad del Presidente.
6.- Las votaciones serán secretas a solicitud de cualquier miembro y previo
acuerdo de la mayoría absoluta de los miembros presentes en la sesión.
Artículo 27. Actas de la sesión.
1.- De cada sesión se levantará un acta, que se llevará al libro de actas del
consorcio, firmada por los asistentes.
2.- En cada acta constarán los siguientes extremos:
a) Lugar, hora, día, mes y año en que comienza la sesión.
CVE:
BOP-2022-5694
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 2 de diciembre de 2022
N.º 0231
Pág. 24481