Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-5693)
BOP-2022-5693 EXTRACTO. Bases reguladoras y Convocatoria de Subvenciones mediante convocatoria abierta en régimen de concesión directa a los/as participantes en los itinerarios de Formación Profesional para el empleo destinadas a la inserción laboral de las personas má
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la Ley 38/2003, General de Subvenciones; no obstante en base a lo preceptuado en el art. 13.2
de la Ley General de Subvenciones se exonera a los/as beneficiarios/as de estar al corriente
en las obligaciones tributarias con el Estado, con la Seguridad Social, con la Hacienda
Autonómica y con la Hacienda Provincial, así como la de no hallarse al corriente de pago de
obligaciones por reintegro de subvenciones.
Cualesquiera otras que se desprendan del contenido de las presentes bases y de la normativa
aplicable.
QUINTO. FUNDAMENTACIÓN SUBVENCIÓN.
Se fundamenta el sistema de convocatoria abierta en régimen de concesión directa en que se
trata de ayudas destinadas a fomentar la inserción de las personas más vulnerables por lo que
es necesaria una mayor agilidad en el procedimiento e impulsar el pago de las ayudas, de gran
importancia para las personas beneficiarias el poder contar con esas ayudas con celeridad,
teniendo en cuenta que son subvenciones postpagables.
SEXTO. COMPATIBILIDADES CON OTRAS AYUDAS.
Tal y como establece la Resolución fechada a 23 de marzo de 2018 de la Dirección General de
Relaciones con las Comunidades Autónomas y Entes Locales, por la que se aprueba la
convocatoria 2018 de ayudas del Fondo Social Europeo, previstas en el Programa Operativo
de Empleo, Formación y Educación (POEFE), destinadas a entidades locales para la inserción
de las personas más vulnerables (AP-POEFE), en su disposición octava: gastos
subvencionables, apartado 3: requisitos de la ayuda económica: “Los/as participantes tendrán
derecho a recibir la ayuda económica si carecen de rentas o ingresos, de cualquier naturaleza,
iguales o superiores en cómputo mensual al 75 por ciento del Indicador Público de Rentas de
Efectos Múltiples (IPREM). Las ayudas que perciban por prestaciones sociales públicas o de
asistencia social, serán compatibles con la ayuda económica prevista en esta convocatoria por
asistencia a itinerarios formativos”.
Tal y como establece la Resolución fechada a 22 de abril de 2019 de la Dirección General de
Cooperación Autonómica y Local, por la que se aprueban las Instrucciones Generales para la
ejecución de los proyectos cofinanciados con ayudas AP-POEFE del Fondo Social Europeo
2014-2020, destinadas a Entidades Locales para la Inserción de colectivos desfavorables,
instrucción tercera: actuaciones subvencionables y beneficiarios/as, subapartado de
compatibilidad de la ayuda económica a los/as participantes: “El requisito de carecer de rentas
o ingresos iguales o superiores al 75 por 100 del IPREM para obtener el derecho a percibir
ayuda económica, en los casos en que la Entidad decida conceder ayuda a los/as participantes
CVE:
BOP-2022-5693
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 2 de diciembre de 2022
N.º 0231
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