Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2022-5692)
BOP-2022-5692 Bases reguladoras y Convocatoria de Subvenciones mediante convocatoria abierta en régimen de concesión directa a los/as participantes en los itinerarios de Formación Profesional para el empleo destinadas a la inserción laboral de las personas más vulnerables.
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como la concesión de las becas del proyecto ISLA IV. No obstante, y de conformidad con lo
dispuesto en el ordenamiento jurídico vigente, se hace necesario convocar y aprobar,
igualmente, las ayudas de conformidad con las siguientes
BASES Y CONVOCATORIA.
1. OBJETO.
Es objeto de las presentes bases convocar y establecer las condiciones que han de regir la
concesión y pago de ayudas económicas, destinadas a facilitar la participación de las personas
beneficiarias del Proyecto ISLA IV en itinerarios integrados de inserción social y laboral, que
ofrecen formación para el empleo y práctica profesional no laboral en empresas, en
ocupaciones generadoras de empleo, que han sido identificadas por los equipos técnicos de
los diferentes territorios y el tejido empresarial provincial, para lo cual deberán cumplir los
requisitos de formación y asistencia exigidos en las correspondientes bases y convocatoria.
Con ello se generará el derecho a la ayuda que se tramitará a través de resolución presidencial
2. PERSONAS BENEFICIARIAS.
Para ser beneficiario/a de estas ayudas, la persona deberá haber sido seleccionado/a como
participante, en alguno de los itinerarios del Proyecto ISLA IV que se desarrollan durante el año
2022, y adquirir, a su finalización, la condición de persona formada.
Se considera persona formada a la que cumpla con los requisitos de formación y asistencia
exigidos, a saber:
Formación. Ha de completar la formación programada en el itinerario en el que participe,
justificada con la obtención del diploma, certificado o documento acreditativo de la
formación recibida. La formación programada incluye la específica, la práctica
profesional no laboral, la transversal y complementaria.
Asistencia. Debe asistir el número de horas o porcentaje exigido en la convocatoria
respecto a la duración total del itinerario (horas totales de formación excluidas las horas
de tutorías y orientación), no computando para este cálculo las faltas injustificadas. Se
admiten ausencias justificadas no superiores al 10% del número total de horas del
itinerario. La asistencia se acreditará con los partes de asistencia de cada acción
formativa.
Carecer de rentas o ingresos, de cualquier naturaleza, iguales o superiores en cómputo
mensual al 75 por ciento del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM).
Las ayudas que perciban por prestaciones sociales públicas o de asistencia social,
serán compatibles con la ayuda económica prevista en esta convocatoria por asistencia
CVE:
BOP-2022-5692
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 2 de diciembre de 2022
N.º 0231
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