Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2022-5670)
BOP-2022-5670 Aprobación definitiva modificación Estatutos Consorcio MásMedio.
17 páginas totales
Página
CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
Edificio Julián Murillo, Ronda San Francisco, 3 – 10002 Cáceres
927 625 293 – info@masmedio.es – www.masmedio.es
subvenciones.
Artículo 4. Duración del consorcio.
El consorcio, en principio, se constituye por tiempo indefinido mientras subsistan los
fines objeto de su creación, salvo imposibilidad sobrevenida o circunstancias
excepcionales que provoquen su disolución. El procedimiento de disolución del
consorcio se llevará a cabo de acuerdo con el procedimiento establecido en los
presentes estatutos.
Artículo 5. Denominación del consorcio.
La entidad pública que se constituye se denominará “consorcio para la Gestión de
Servicios Medioambientales “MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES -
MÁSMEDIO”.
Artículo 6. Domicilio social.
La sede de los órganos de gobierno, dirección y administración del consorcio será el
Edificio Julián Murillo situado en la Ronda San Francisco, 3 de Cáceres, considerándose
como domicilio legal a todos los efectos. No obstante, podrán celebrarse las sesiones en
cualquiera de las entidades consorciadas o en espacios de otra titularidad cedidos al
efecto. Asimismo, el cambio de la sede del consorcio requerirá acuerdo de la Junta
General.
Artículo 7. Presupuesto y personal.
1.- Atendiendo al objeto enunciado en el artículo 3 de estos estatutos y la fecha de
constitución del consorcio, se podrá disponer la adscripción de efectivos de las
distintas entidades consorciadas, así como del ente matriz, todo ello de acuerdo con la
normativa de aplicación.
Excepcionalmente, cuando no resulte posible contar con personal procedente de las
Administraciones participantes en el consorcio en atención a la singularidad de las
funciones a desempeñar, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, u
órganos competente de la Administración a la que se adscriba el consorcio, podrá
autorizar la contratación directa de personal por parte del consorcio para el ejercicio
de dichas funciones.
2.- El consorcio estará sujeto al régimen de presupuestación, contabilidad y control de
la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, debiendo el presupuesto de este consorcio
integrarse en el presupuesto del referido ente matriz y en la cuenta general.
Artículo 8. Aportaciones.
1.- Se podrá requerir a las entidades integradas al consorcio una cuota de participación
que será fijada anualmente por la Junta General, con efectos 1 de enero al 31 de
diciembre, de cada ejercicio.
CVE:
BOP-2022-5670
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 1 de diciembre de 2022
N.º 0230
Pág. 24366