Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2022-5668)
BOP-2022-5668 Convenio Adhesión Ayuntamiento Herrera de Alcántara.
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CONVENIO DE ADHESIÓN
CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
las sesiones en cualquiera de las entidades consorciadas o en espacios de otra titu-
laridad cedidos al efecto. Asimismo, el cambio de la sede del consorcio requerirá
acuerdo de la Junta General.
Artículo 7. Presupuesto y personal.
1.- El consorcio, aprobará, simultáneamente con el presupuesto anual, la plantilla
de personal y relación de puestos de trabajo, de conformidad con la normativa vi-
gente.
Atendiendo al objeto enunciado en el artículo 3 de estos estatutos y la fecha de
constitución del consorcio, se podrá disponer la adscripción de efectivos de las dis-
tintas entidades consorciadas, así como del ente matriz, todo ello de acuerdo con la
normativa de aplicación.
Excepcionalmente, cuando no resulte posible contar con personal procedente de
las Administraciones participantes en el consorcio en atención a la singularidad de
las funciones a desempeñar, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públi-
cas, u órganos competentes de la Administración a la que se adscriba el consorcio,
podrá autorizar la contratación directa de personal por parte del consorcio para el
ejercicio de dichas funciones.
2.- El consorcio estará sujeto al régimen de presupuestación, contabilidad y control
de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, debiendo el presupuesto de este
consorcio integrarse en el presupuesto del referido ente matriz y en la cuenta ge-
neral.
Artículo 8. Aportaciones.
1.- Se podrá requerir a las entidades integradas al consorcio una cuota de partici-
pación que será fijada anualmente por la Junta General, con efectos 1 de enero al 31
de diciembre, de cada ejercicio.
Asimismo, podrán establecerse cuotas variables por la prestación de servicios cuyo
coste no esté incluido en la cuota de participación.
Las aportaciones anteriores podrán ser descontadas de las subvenciones y otros
ingresos que correspondan a las entidades integrantes en el ámbito de la Excma.
Diputación Provincial de Cáceres.
2.- Sin perjuicio de las aportaciones anteriores, los municipios deberán prestar, en
la forma que se determine para cada servicio, colaboración con personal de su pro-
pia plantilla en aras de facilitar el desenvolvimiento de los servicios dentro de su
término municipal.
CVE:
BOP-2022-5668
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 1 de diciembre de 2022
N.º 0230
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