Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aldeacentenera. (BOP-2022-5580)
BOP-2022-5580 Aprobación definititva de la Ordenanza municipal reguladora de la administración electrónica.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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técnicos que las disposiciones vigentes impongan a los proyectos, actuaciones o solicitudes
que se proponga realizar.
En este mismo sentido, el artículo 16.1 también de la Ley 39/2015, establece que en la sede
electrónica de acceso a cada registro figurará la relación actualizada de trámites que pueden
iniciarse en el mismo.
A estos efectos, el Ayuntamiento hará público y mantendrá actualizado el catálogo de
procedimientos y actuaciones en la sede electrónica.
ARTÍCULO 6. Contenido de la sede electrónica.
La sede electrónica tendrá el contenido marcado en la legislación aplicable, debiendo figurar en
todo caso:
a) La identificación del órgano titular de la sede y de los/as responsables de su gestión y
de los servicios puestos a disposición de la misma y en su caso, de las subsedes de ella
derivadas.
b) La información necesaria para la correcta utilización de la sede, incluyendo el mapa
de la sede electrónica o información equivalente, con especificación de la estructura de
navegación y las distintas secciones disponibles.
c) Sistema de verificación de los certificados de la sede, que estará accesible de forma
directa y gratuita.
d) Relación de sistemas de firma electrónica que, conforme sean admitidos o utilizados
en sede.
e) La relación de sellos electrónicos utilizados por la Administración municipal,
incluyendo las características de los certificados electrónicos y los/as prestadores/as que
los expiden, así como el sistema de verificación de los mismos.
f) Un acceso al registro electrónico y a la disposición de creación del registro o registros
electrónicos accesibles desde la sede.
g) La información relacionada con la protección de datos de carácter personal.
h) El Inventario de información administrativa, con el catálogo de procedimientos y
servicios prestados por el Ayuntamiento.
CVE:
BOP-2022-5580
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 29 de noviembre de 2022
N.º 0228
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que se proponga realizar.
En este mismo sentido, el artículo 16.1 también de la Ley 39/2015, establece que en la sede
electrónica de acceso a cada registro figurará la relación actualizada de trámites que pueden
iniciarse en el mismo.
A estos efectos, el Ayuntamiento hará público y mantendrá actualizado el catálogo de
procedimientos y actuaciones en la sede electrónica.
ARTÍCULO 6. Contenido de la sede electrónica.
La sede electrónica tendrá el contenido marcado en la legislación aplicable, debiendo figurar en
todo caso:
a) La identificación del órgano titular de la sede y de los/as responsables de su gestión y
de los servicios puestos a disposición de la misma y en su caso, de las subsedes de ella
derivadas.
b) La información necesaria para la correcta utilización de la sede, incluyendo el mapa
de la sede electrónica o información equivalente, con especificación de la estructura de
navegación y las distintas secciones disponibles.
c) Sistema de verificación de los certificados de la sede, que estará accesible de forma
directa y gratuita.
d) Relación de sistemas de firma electrónica que, conforme sean admitidos o utilizados
en sede.
e) La relación de sellos electrónicos utilizados por la Administración municipal,
incluyendo las características de los certificados electrónicos y los/as prestadores/as que
los expiden, así como el sistema de verificación de los mismos.
f) Un acceso al registro electrónico y a la disposición de creación del registro o registros
electrónicos accesibles desde la sede.
g) La información relacionada con la protección de datos de carácter personal.
h) El Inventario de información administrativa, con el catálogo de procedimientos y
servicios prestados por el Ayuntamiento.
CVE:
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Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
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