Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Tiétar. (BOP-2022-5425)
BOP-2022-5425 Arrendamiento fincas rústicas municipales.
20 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Tiétar
5
VALORACIÓN DE LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN PARA CADA
LOTE.
a) Por mejoras al alza sobre el presupuesto base de licitación: 50
puntos a la mayor oferta económica y el resto de puntuaciones
mediante la aplicación de una regla de tres simple.
b) Por ser joven agricultor, o haber solicitado su incorporación como
tal en fecha anterior a la publicación de los presentes pliegos: 3
puntos.
CLÁUSULA QUINTA. Duración del Contrato
La duración del contrato de arrendamiento se fija en 5 años.
El plazo comenzará a computarse desde la fecha de formalización del
contrato.
Prórroga: podrá establecerse la concesión de una prórroga por el plazo de
un año más de duración. La prórroga deberá ser expresa, previo acuerdo
por ambas partes contratantes, en el plazo mínimo de un año antes de la
finalización del contrato.
CLÁUSULA SEXTA. Acreditación de la Aptitud para Contratar
Podrán presentar ofertas, por sí mismas o por medio de representantes, las
personas naturales y jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena
capacidad de obrar y no estén incursas en prohibiciones para contratar.
1. La capacidad de obrar se acreditará:
a) En cuanto a personas físicas, mediante la fotocopia compulsada del
documento nacional de identidad.
b) En cuanto a personas jurídicas, mediante la fotocopia compulsada del
CIF y la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto
fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su
actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que
corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
Cód.
Validación:
MDLTM4XHN4RMNJ5EGKXH6NM4L
|
Verificación:
https://tietar.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
5
de
17
CVE:
BOP-2022-5425
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 21 de noviembre de 2022
N.º 0222
Pág. 23202
5
VALORACIÓN DE LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN PARA CADA
LOTE.
a) Por mejoras al alza sobre el presupuesto base de licitación: 50
puntos a la mayor oferta económica y el resto de puntuaciones
mediante la aplicación de una regla de tres simple.
b) Por ser joven agricultor, o haber solicitado su incorporación como
tal en fecha anterior a la publicación de los presentes pliegos: 3
puntos.
CLÁUSULA QUINTA. Duración del Contrato
La duración del contrato de arrendamiento se fija en 5 años.
El plazo comenzará a computarse desde la fecha de formalización del
contrato.
Prórroga: podrá establecerse la concesión de una prórroga por el plazo de
un año más de duración. La prórroga deberá ser expresa, previo acuerdo
por ambas partes contratantes, en el plazo mínimo de un año antes de la
finalización del contrato.
CLÁUSULA SEXTA. Acreditación de la Aptitud para Contratar
Podrán presentar ofertas, por sí mismas o por medio de representantes, las
personas naturales y jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena
capacidad de obrar y no estén incursas en prohibiciones para contratar.
1. La capacidad de obrar se acreditará:
a) En cuanto a personas físicas, mediante la fotocopia compulsada del
documento nacional de identidad.
b) En cuanto a personas jurídicas, mediante la fotocopia compulsada del
CIF y la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto
fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su
actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que
corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
Cód.
Validación:
MDLTM4XHN4RMNJ5EGKXH6NM4L
|
Verificación:
https://tietar.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
5
de
17
CVE:
BOP-2022-5425
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 21 de noviembre de 2022
N.º 0222
Pág. 23202