Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Madroñera. (BOP-2022-5396)
BOP-2022-5396 Bases y Convocatoria para la constitución de una bolsa de trabajo de Oficial de 1ª Centro Especial de Empleo "El Madroño".
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CENTRO ESPECIAL DE EMPLEO
“EL MADROÑO”
Plaza Ramón y Cajal, 1 C.P. 10210. Madroñera (Cáceres)
Tfno: 927 319192 registro@madronera.es
 Certificado de periodos ininterrumpidos SEXPE.
 Certificado negativo de SEPE.
 Certificado negativo Seguridad Social.
 Vida laboral actualizada.
 Carnet de conducir.
 Declaración Jurada, cargas familiares.
SEXTA.- ADMISION DE ASPIRANTES Y FECHA DE REALIZACIÓN DE LA
PRUEBA SELECTIVA.
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Alcalde-Presidente del
Ayuntamiento, dictará Resolución declarándose aprobada la lista provisional
de admitidos/as y excluidos/as, que será publicada en el tablón de anuncios
del Ayuntamiento y, con expresión, en su caso, de las causas de exclusión
concediendo un plazo de dos días hábiles para subsanar las deficiencias, a
contar desde el día siguiente a la publicación en el tablón del Ayuntamiento de
Madroñera.
Finalizado el plazo de subsanación de defectos, se dictará Resolución con la
lista definitiva de admitidos/as en la que se determinará la composición
nominal del Tribunal de Selección y será publicada en el Tablón de Anuncios
del Ayuntamiento, así como el lugar, fecha y hora de la realización de la
baremación por parte del Tribunal de Selección de la documentación
presentada para la fase de concurso.
De conformidad con la Ley 39/2015 de 1 de Octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Publicas, la Alcaldía por
Resolución podrá subsanar los errores de hecho en cualquier momento, de
oficio o a petición del interesado.
SEPTIMA.- PRUEBA SELECTIVA.
El procedimiento de selección de los/as aspirantes será el de Concurso.
La valoración de méritos se realizará en base a los siguientes conceptos y
puntuaciones:
 La fase de concurso consistirá en la valoración de los méritos alegados y
documentalmente justificados por los aspirantes.
 Los méritos alegados deberán poseerse en la fecha de terminación del
plazo de presentación de solicitudes, no pudiendo el Tribunal valorar
méritos obtenidos y alegados con posterioridad a esa fecha.
 No se tendrán en cuenta para la antigüedad los contratos inferiores a
tres meses.
Cód.
Validación:
5DEPKJAR62EE3G4WMHERM6R7H
|
Verificación:
https://madronera.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2022-5396
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 18 de noviembre de 2022
N.º 0221
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