Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2022-5358)
BOP-2022-5358 Bases que han de regir la concesión de subvenciones para el desarrollo y fomento de la actividad deportiva en la ciudad de Cáceres, temporada 2021/22. Deporte Base.
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Ayuntamiento de Cáceres
Instituto Municipal de Deportes
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Administrativo Común de las Administraciones Públicas, salvo para aquellos
sujetos no obligados por esta Ley.
 Plazo.- El plazo de presentación de solicitudes será de DIEZ DÍAS hábiles a
partir del día siguiente a la fecha de publicación del extracto de la convocatoria
en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres. Los interesados podrán
examinar el texto íntegro de estas Bases en la página WEB de la Base de
Datos de Subvenciones dependiente de la Intervención General del Estado, en
el BOP de Cáceres y en la Tablón de anuncios electrónicos del Ayuntamiento
de Cáceres.
Base: 5ª.- DOTACIÓN PRESUPUESTARIA
La cuantía total consignada presupuestariamente para estas subvenciones
(modalidades A y B) es de CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL EUROS (185.000,00.-
€), previstos en la partida presupuestaria 34104-489 del Presupuesto de gastos del
Instituto Municipal de Deportes para el ejercicio 2022.
Para esta cuantía existe consignación presupuestaria suficiente, para el gasto
previsto en el ejercicio 2022, previstos en la partida presupuestaria 34104-489, según
documento de retención de crédito número 220220000288 por importe de NOVENTA
Y DOS MIL QUINIENTOS EUROS (92.500,00.-€), y para el gasto previsto en el
ejercicio 2023 existe retención de crédito a ejercicio futuro número 220229000003, por
importe de NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS EUROS (92.500,00.-€), todo ello,
según informe de fiscalización emitido por la Intervención municipal de fecha 26 de
octubre de 2022. No obstante, los gastos del ejercicio 2023 quedarán supeditados a la
existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto de dicho ejercicio.
Base: 6ª.- CONDICIONES DE OTORGAMIENTO DE LA SUBVENCIÓN
1.- Definición de categorías por edad
Al objeto de establecer las categorías de los/as jugadores/as, con
independencia de la denominación del equipo en cada federación deportiva, estos se
definen en la forma siguiente:
a) PREBENJAMINES O INCIACIÓN: jugadores con edad de 6 y 7 años,
cumplidos en el año 2021, e identificados por la licencia federativa. Nacidos en
los años 2015 y 2014.
b) BENJAMINES: jugadores con edad de 8 y 9 años, cumplidos en el año 2021,
e identificados por la licencia federativa. Nacidos en los años 2013 y 2012.
c) ALEVINES: jugadores con edad de 10 y 11 años, cumplidos en el año 2021, e
identificados por la licencia federativa. Nacidos en los años 2011 y 2010.
d) INFANTILES: jugadores con edad de 12 y 13 años, cumplidos en el año 2021,
e identificados por la licencia federativa. Nacidos en los años 2009 y 2008.
e) CADETES: jugadores con edad de 14 y 15 años, cumplidos en el año 2021, e
identificados por la licencia federativa. Nacidos en los años 2007 y 2006
f) JUVENILES: jugadores con edades comprendidas entre 16 y 17 años
cumplidos en el año 2021. Nacidos en los años 2005 y 2004.
g) JUNIOR: jugadores con edades comprendidas entre 18 y 19 años cumplidos
en el año 2021. Nacidos en los años 2003 y 2002.
CVE:
BOP-2022-5358
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 17 de noviembre de 2022
N.º 0220
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