Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Membrío. (BOP-2022-5342)
BOP-2022-5342 Aprobación definitiva modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa de cementerio.
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2. La inhumación y exhumación de restos cadavéricos.
3. Las concesión de derechos funerarios de uso sobre unidades de enterramiento, así como los
actos dinamantes de la titularidad de los mismos, tales como expedición y cambio de títulos, las
trasmisiones y las modificaciones.
4. La instalación de lápidas y cualquier otro elemento ornamental o de jardinería.
5. La apertura de unidades de enterramientos.
6. El movimiento de cadáveres y restos procedentes de otro cementerio municipal.
7. La prestación de cualquier otro servicio que sea procedente o que a petición de parte pueda
ser autorizado, como uso de capilla, siempre de conformidad con las prescripciones del
Reglamento de Policia Sanitaria Mortuoria.
ARTICULO 3. Sujeto Pasivo.
Son contribuyentes los/as solicitantes de la concesión de la autorización o de la prestación del
servicio, o en su caso los/as titulares de la autorización concedida, teniéndose en cuenta lo
previsto en el art. 35 de la Ley 58/2003 LGT.
ARTÍCULO 4. Exenciones Subjetivas.
1. Los enterramientos de los asilados precedentes de las Beneficencias, siempre que la
conducción se verifique por cuenta del establecimiento mencionado y sin ninguna pompa
fúnebre que sea costeada por los/as familiares del/a fallecido/a.
2. Los enterramientos de cadáveres de pobres de solemnidad.
3. Las inhumaciones que ordene la autoridad judicial.
4. Los que por cualquier circunstancia deba costear el Ayuntamiento.
ARTICULO 5. Responsables.
1. Responderán solidariamente de las obligaciones tributarias del/a sujeto pasivo, las personas
físicas o jurídicas a que se refiere el art. 42 de la Ley 58/2003 LGT.
2. Serán responsables subsidiarios/as los/as administradores/as de las sociedades y los
síndicos, los/as interventores/as o liquidadores/as de quiebras, concurso, sociedades y
entidades en general, en los supuestos y con el alcance que señala el art 43 de la Ley 58/2003
CVE:
BOP-2022-5342
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 16 de noviembre de 2022
N.º 0219
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