Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Galisteo. (BOP-2022-5307)
BOP-2022-5307 Reglamento de Régimen Interno Escuela Profesional.
14 páginas totales
Página
Si la ausencia no ocupa toda la jornada, por tratarse sólo de una asistencia a la consulta del
médico, el alumno lo deberá solicitar previamente mediante el formulario al respecto a su
monitor y/o director. Al terminar la consulta médica, regresará a la E.P.D.E. aportando el
justificante médico debidamente cumplimentado, firmado y sellado con la fecha y la hora.
Para ausencias de más de un día deberán aportarse justificantes médicos que indiquen el
periodo en el que el alumno no puede asistir a la Escuela Profesional Dual de Empleo,
remitiendo un nuevo justificante cada vez que sea necesario.
Si la ausencia se prolonga por un día o más, el/a alumno/a deberá presentar el parte de
incapacidad temporal (ILT) en la Escuela Profesional Dual de Empleo. El mismo procedimiento
se seguirá con los partes de confirmación y alta. Ningún alumno se incorporará a su puesto en
la Escuela Profesional Dual de Empleo sin haber presentado el parte de alta.
Por lo demás, se estará a lo dispuesto por la normativa aplicable en los casos de baja por
enfermedad.
En cualquier caso, el alumnado deberá comunicar su ausencia con antelación, si se trata de un
motivo de conocimiento previo. Deberá indicar motivo y duración prevista de la ausencia.
Asimismo, se justificarán convenientemente en el momento que se acuda a la E.P.D.E.
Permisos.
Los/as trabajadores/as del proyecto tendrán derecho los siguientes permisos retribuidos:
a) Por fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un familiar dentro del primer
grado de consanguinidad o afinidad, tres días hábiles cuando el suceso se produzca en
la misma localidad, y cinco días hábiles cuando sea en distinta localidad.
Cuando se trate del fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un familiar dentro
del segundo grado de consanguinidad o afinidad, el permiso será de dos días hábiles
cuando se produzca en la misma localidad y de cuatro días hábiles cuando sea en
distinta localidad.
b) Por traslado de domicilio sin cambio de residencia, un día.
c) Para realizar funciones sindicales o de representación del personal, en los términos
que se determine.
CVE:
BOP-2022-5307
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 15 de noviembre de 2022
N.º 0218
Pág. 22789